La Corte de Apelaciones de Valdivia ordenó a la empresa Rendic Hermanos S.A., indemnizar a una adulta mayor que sufrió una caída dentro de un supermercado Unimarc en Osorno.

Una millonaria indemnización deberá recibir María Sánchez, quien sufrió un accidente al interior del supermercado Unimarc de Osorno cuando realizaba compras.

La mujer denunció que la estructura no cumplía con las normas de seguridad, ni se encontraba debidamente señalizada ni iluminada.

En primera instancia se rechazó la querella infraccional y demanda de indemnización de perjuicios, sin embargo, la Corte de Apelaciones de Valdivia revocó la decisión.

Corte rechazó argumentos de Rendic Hermanos para evitar pagar indeminzación

Según se defendió la empresa Rendic Hermanos S.A., “el accidente se produjo debido a la edad avanzada de la víctima”.

No obstante, para la justicia esto “no resiste análisis al tratarse de un sitio como un supermercado en el cual existe una alta afluencia de público”.

“Es este quien tiene la obligación de prever la posibilidad de ocurrencia de accidentes por personas de distintas edades y capacidades, por lo que, como ente empresarial, sus acciones preventivas de accidentes deben estar destinadas no solo a las personas de un rango etario joven-adulto, sino que al público en general”, señaló el fallo unánime.

En ese sentido, la justicia acogió la querella deducida y condenó a Rendic Hermanos S.A, al pago de una multa de treinta unidades tributarias mensuales, es decir, un millón setecientos mil pesos ($1.702.860).

Además, ordenó una indemnización de dos millones quinientos mil pesos ($2.500.000), por concepto de daño moral en favor de la adulta mayor.

Respecto a esto último, el tribunal de alzada razona que se probó mediante el informe psicológico que da cuenta de la sintomatología postraumática sufrida, disminución del sueño asociado al contexto del accidente.

Esto conforme a lo declarado por su cónyuge, quien la acompañaba al momento del accidente, lo que genera en una persona adulta mayor un daño de envergadura al sentirse vulnerable y afectada.

En base a la gravedad de los hechos, la nula atención de la demandada, que podría haber aminorado los efectos nocivos de su negligencia, es que se considera la cantidad de dos millones quinientos mil pesos como monto prudencial para los fines indemnizatorios, sentenció la Corte de Apelaciones de Valdivia.