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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El Sernac ofició a Automotora Gildemeister Spa por reclamos de consumidores sobre el vehículo eléctrico JAC e-JS1. Se cuestiona su compatibilidad con las normas de carga de Chile, lo que limitaría su uso en viajes largos. La empresa debe responder en 10 días hábiles, entregando detalles técnicos y datos de importación. También se pide información sobre la garantía, reclamos recibidos y cómo se informa a los consumidores.

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) ofició a la Automotora Gildemeister Spa. La acción responde a reclamos de consumidores que indican que el auto eléctrico marca JAC, modelo e-JS1, podría no ser compatible con las normas de carga de Chile. Esta situación limitaría su uso, especialmente en viajes extensos.

El Sernac destacó que estas condiciones no se informaron expresamente durante el proceso de compra. El oficio otorga un plazo de 10 días hábiles para que la empresa responda.

La entidad fiscalizadora exigió detalles técnicos del vehículo, incluyendo modelo, marca, fabricante, tipo de puerto de carga, voltaje y tipo de batería. Estos antecedentes son esenciales para evaluar posibles incumplimientos a la Ley del Consumidor.

Adicionalmente, Sernac solicitó información sobre la posibilidad de que este modelo no cargue en estaciones públicas, en particular la red Voltex. Esta red cuenta con la mayor cantidad de puntos de carga a nivel nacional, según los reclamos recibidos.

Solicitudes específicas del Sernac a Gildemeister por auto eléctrico

La automotora debe reportar la cantidad de unidades del JAC e-JS1 importadas anualmente, las ya comercializadas y el stock disponible al recibir el oficio. Estos datos ayudarán a dimensionar el alcance potencial del problema.

El organismo también requirió detalles sobre la garantía ofrecida para este modelo y la forma de hacerla efectiva.

Asimismo, el organismo pidió explicaciones sobre cómo se informa a los consumidores, al momento de la compra, sobre seguridad, advertencias de uso o riesgos asociados al vehículo. Subrayó que “las empresas deben cumplir al pie de la letra todo lo informado”.

Del mismo modo, la automotora debe revelar el número de reclamos recibidos por fallas en este modelo y las medidas adoptadas para solucionarlos. Sernac enfatizó que “las empresas deben hacerse responsables de sus vendedores y afirmaciones sobre los vehículos”.

Una vez reunida la información, el Servicio evaluará si existen violaciones a la Ley del Consumidor. De detectarlas, adoptará medidas para defender a los afectados. El organismo recordó que “el objetivo de esta gestión es obtener antecedentes para evaluar incumplimientos”.

La Ley del Consumidor establece que los compradores tienen derecho a información veraz y oportuna. Para vehículos eléctricos, esto incluye compatibilidad con redes de carga nacionales. Sernac precisó que “es información relevante el acceso a la red de carga a lo largo del país”.

Ante ello, en el oficio a Gildemeister por eventual incompatibilidad de conector de auto eléctrico, el Sernac concluyó que “las empresas deben hacerse responsables además de sus vendedores y de las afirmaciones respecto de los vehículos que venden”.