La institución, según el fallo, mantiene imágenes en óleo de los ex directores generales en dictadura y miembros de la Junta Militar.

El pasado 6 de diciembre, la justicia ordenó el retiro de los retratos de los ex generales directores de Carabineros César Mendoza Durán y Rodolfo Stange Oelckers, de las dependencias de la dirección general, galería de honor y de todo inmueble de la policía uniformada.

Ambos personajes fueron miembros de la Junta Militar durante la dictadura presidida por Augusto Pinochet en Chile. Uno de ellos, Stange, murió en noviembre pasado, a la edad de 98 años.

Ordenan a Carabineros retirar retratos de directores generales en dictadura

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió los recursos de protección interpuesto en representación de víctimas de la represión y ordenó el retiro de los retratos de los ex generales directores de Carabineros César Mendoza Durán y Rodolfo Stange Oelckers de las dependencias de la dirección general, galería de honor y de todo inmueble de la policía uniformada.

La justicia dio plazo de cinco días para el retiro, por considerar que su exhibición contraviene la garantía de no repetición de delitos de lesa humanidad, vigente en Chile.

El fallo plantea que es de público conocimiento el papel que tuvo en Chile la Junta Militar, de la cual formaron parte los dos ex generales directores de Carabineros, “tanto en el quiebre del régimen republicano, al mando de un régimen de facto por espacio de diecisiete años, encargado de la organización de un aparato público que cometió delitos, mediante violación programada y sistemática de los derechos humanos, cometidas en el período de dictadura militar –como da cuenta el Informe Valech y las múltiples causas criminales que han conocido los tribunales de la República–; de cuyos retratos honoríficos se ha solicitado retirar por medio de esta acción constitucional”.

La resolución agrega que se puede afirmar que se transgrede, la normativa chilena, según lo dispuesto en la Constitución, que dispone que los órganos del Estado deben respetar y promover los derechos y tratados internacionales.

También la ley 18.961, que ordena que Carabineros esté al servicio de la comunidad y sus acciones se orientarán a la prevención de delitos, respetando, protegiendo y garantizando los derechos humanos y libertades individuales de todas las personas.

Además, la misma norma dice que la institución no se halla habilitada para ser generadora de delitos, “lo que se encuentra, ciertamente, en las antípodas de sus fines institucionales”.

Cuadros son mantenidos con una connotación honorífica y de realce de su imagen

Para el tribunal, ninguna institución estatal, en general, ni Carabineros, ni el Ministerio del Interior, en particular, puede vincularse en términos positivos al realce y exaltación de las figuras históricas señaladas.

Asimismo, los juristas resolvieron que, por contrario a la garantía de no repetición, la mantención de los cuadros al óleo de César Mendoza y Rodolfo Stange, son mantenidos con una connotación honorífica y de realce de su imagen.

Con lo anterior, los personajes son elevados al mismo nivel de aquellos del período republicano-democrático y que no tienen vinculación con los crímenes cometidos durante la dictadura militar, releva el tribunal.

Por tanto, ordenaron a Carabineros el retiro de los cuadros. También de la galería de honor de directores generales, ubicada en el ingreso al Teatro de Carabineros en la Escuela de Oficiales, contiguo al Museo de Carabineros.

Por último, también cualquier inmueble o espacio público o fiscal en el que se encuentren bajo la dependencia de la institución.

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