El capitán (r) Rafael Harvey, quien denunció en 2015 presuntas irregularidades al interior del Ejército, presentó un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago por ver perturbado y amenazado su derecho a la libertad personal y a la seguridad individual porque aún persiste en su certificado de antecedentes la anotación prontuarial que lo declara reo por ser autor del delito de sedición.

Lo anterior, pese que hace 5 años, fue absuelto de esa acusación de forma unánime por la Corte Marcial.

Por eso, han solicitado en dos ocasiones al Segundo Juzgado Militar de Santiago su eliminación, pero el tribunal pide la presentación del expediente del proceso, el que está extraviado.

Harvey, desvinculado del Ejército el año pasado, fue condenado en 2015 por el Segundo Juzgado Militar de Santiago a la pena de cinco años de reclusión militar menor en su grado máximo, como autor del delito consumado de sedición impropia; a la pena accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de la inhabilidad absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; y, a la pena accesoria militar de separación del servicio.

Luego, la Corte Marcial acogió la apelación realizada por la defensa del entonces oficial militar y, en su fallo de segunda instancia, en junio de 2019, lo absolvió unánimemente del cargo imputado en su contra. Esta decisión quedó a firme el 19 de octubre de 2020, cuando la Corte Suprema tuvo presente el desistimiento del recurso de casación en el fondo que había interpuesto el Ministerio Público Militar.

El proceso, con la resolución definitiva de término del caso, se debía remitir, primero, a la Corte Marcial y, luego, al Segundo Juzgado Militar de Santiago, para que este último procediera a ello a la brevedad. Según precisan, tienen constancia de que dicho proceso fue remitido desde la Corte Suprema, directamente hacia el Segundo Juzgado Militar Santiago -y no a la Corte Marcial-, y en ese trayecto se extravió.

Información que fue confirmada el 2 de febrero de 2021, cuando el secretario de la Corte Suprema certificó que el expediente de la casa está extraviado, por lo que el máximo tribunal ordenó reconstituirlo.

En una primera ocasión, en noviembre de 2019, y ante la demora en la remisión del proceso desde la Corte Suprema, la defensa de Harvey solicitó la eliminación de la anotación al mencionado juzgado militar, quien determinó que para proceder a ello, debía contar con el expediente. Lo anterior, pese a que dicha presentación se acompañaron todas las resoluciones atingentes dictadas por la Corte Marcial y la Suprema.

Posteriormente, se realizó una nueva solicitud al Segundo Juzgado Militar de Santiago el 8 de junio de 2020. Ante tal presentación, el Juez Militar Subrogante, coronel Rocco Giovanni Lancellotti Vergara, resolvió que “para proveer la presentación de Nelson Caucoto Pereira y Francisco Ugás Tapia, abogados, venga con sus antecedentes que se encuentran en la Iltma. Corte Marcial”.

Para Harvey y su defensa, esta última resolución es el acto decisorio ilegal, que perturba y amenaza los derechos a la libertad personal y a la seguridad individual.

La defensa de Harvey recalca que la anotación prontuarial que consta en su certificado de antecedentes ha perjudicado a su representado en diversos ámbitos durante los último 5 años.

En los requerimientos, el capitán (R) detalla que “pese a ser absuelto por la Justicia de los cargos que me fueron imputados, y de manera definitiva, lo que me significó vivir y me sigue significando vivir diversas experiencias perjudiciales en las cuales he sido tratado como culpable, tanto por personal del Ejército de Chile (por ejemplo, no pude ascender al grado de Mayor de Ejército; ingresar a la Academia de Guerra militar; y, se me denegó, en reiteradas ocasiones, mi postulación a Misiones de Paz de la ONU en Colombia y en Bosnia) como por otras instituciones estatales e, incluso, por privados”.

También ha visto amenazada su libertad, ya que no puede salir del país por el arraigo de pleno derecho que le afecta al ser declarado reo, como consta en su certificado; eso le dificulta poder postular a trabajos o se contratado. De igual forma, plantean que podrían darle un trato diferenciado ante un eventual procedimiento seguido en su contra al salir con antecedentes.

Para Francisco Ugás Tapia, uno de los abogados de Harvey, “resulta indignante que el mismo tribunal que con tanto ahínco se preocupó y empecinó en condenar a nuestro representado, en un procedimiento basado en una investigación llena de vicios, ahora, no de curso inmediato a la eliminación de la anotación que obra en el certificado de antecedentes penales de aquél, que es una persona absuelta por decisión a firme de nuestra Justicia”.

El recurso de amparo fue presentado ante la Corte de Apelaciones de Santiago, pero tras declararse incompetente este tribunal, será la Corte Marcial la encargada de conocerlo y resolverlo.