Los beneficiados que recibieron el monto de $74.767 en mayo pasado, sumarán el monto adicional de $60.000 que se paga en la CuentaRut o en la Caja de Compensación.

El Bono Invierno 2023, es una ayuda no postulable, es decir, es un beneficio estatal que se entrega solo a quienes tengan 65 o más años de edad, pero se entrega quien cumple una serie de requisitos.

En pocas palabras, es un monto que reciben las personas mayores a través de su pago de jubilación.Los beneficiados que recibieron el monto de $74.767 en mayo pasado, sumarán el monto adicional de $60.000.

Atención, que si se pide presencialmente, hay que llevar la cédula de identidad.

Cómo consultar con el RUT si recibes Bono Invierno

Puedes ingresar al sitio web del aporte extraordinario del Bono Invierno del IPS. PINCHA AQUÍ.

También puedes llamar al 101 en los siguientes horarios. PINCHA AQUÍ.

Quiénes no pueden recibir el bono

-Quienes reciben más de una pensión no tienen derecho al bono, con la excepción, si la suma de esas pensiones es igual o menor a 201.677 pesos (valor de una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años).

-Pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech.

-Titulares del Subsidio de Discapacidad Mental, por no estar expresamente contemplados en esta ley y por no cumplir con el requisito de edad, ya que el Subsidio de Discapacidad Mental está dirigido a personas menores de 18 años.

-Titulares de indemnización del carbón, por no estar contemplados en la ley.

Requisitos del beneficio

Pueden recibir el beneficio los jubilados de las siguientes instituciones:

-Instituto de Previsión Social (IPS).

-Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

-Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).

-Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).

-Mutualidades de Empleadores/as.

-Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad.

-Pensionados del sistema de AFP y compañías de seguro que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).

-Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún otro régimen previsional.

Así mismo, los pagos estarán a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS) y se harán mediante:

-CuentaRut.

-Caja de compensación.