Durante marzo comenzó el primer pago del IFE Laboral de quienes postularon en enero pasado. Del mismo modo, se hizo corresponde el segundo pago de quienes lo hicieron en diciembre y el tercero y último de los que enviaron la postulación en noviembre. Si el sistema rechazó tu solicitud, conoce aquí cómo apelar para la entrega del beneficio.

A principios de esta semana, comenzó el pago del Ingreso Familiar de Emergencia Laboral de marzo, para quienes postularon en noviembre, diciembre y enero pasado. Sin embargo, si no fuiste beneficiado con la ayuda estatal, puedes apelar al IFE Laboral.

El aporte económico está dirigido a quienes comenzaron un nuevo empleo formal.
El monto que cada a recibir es de hasta $200.000 para hombres y $250.000 para mujeres, menores de 24 y mayores de 55 años.

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¿Cómo apelar al IFE Laboral?

Para realizar la apelación el IFE Laboral, lo primero es conocer la causa por la cuál se rechazó el pago del beneficio, revisando “Tu cuenta” en el sitio web del Sence.

Una vez conocida la causa, debes ingresar al Buzón Ciudadano con tu Clave Única y elegir la opción IFE Laboral (problema de pago debido a cotizaciones) o IFE Laboral (problemas RUT empleador).

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En esta sección, deberás adjuntar los documentos requeridos, para que el sistema revise tu causa y enviar la apelación.

  • Copia del contrato de trabajo debidamente firmado
  • Certificado de remuneraciones imponibles de los últimos 12 meses
  • Certificados de los últimos 12 meses de cotizaciones de salud (Fonasa o Isapre) y pensión (AFP).
  • ¿Cómo postular al beneficio por primera vez?

    Pueden postular al IFE Laboral los trabajadores que inicien una nueva relación laboral, con contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo en el mes anterior a la postulación). Tener una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 ingresos mínimos mensuales ($1.011.000). Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.

    Para verificar lo anterior, el Sence revisará al momento de la postulación, que la persona no registre cotizaciones previsionales en el mes anterior.

    Además, que la persona postulante no registre cotizaciones previsionales en los tres meses anteriores al de inicio del contrato de trabajo con el mismo empleador por el cual postula al beneficio.

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