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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia condenó a Banco de Chile y Consorcio a pagar una millonaria multa por el caso de interlocking protagonizado por Hernán Büchi, también implicando a Falabella. La práctica ilegal consiste en tener a una misma persona en altos cargos de empresas competidoras. Esta situación representa un riesgo para la libre competencia y la independencia empresarial, debido al posible acceso a información privilegiada de empresas competidoras, o incluso el peligro de acuerdos de colusión.
Durante la semana pasada, se conoció la decisión del tribunal chileno de libre competencia, donde condenó a Banco de Chile y Consorcio a pagar una cuantiosa multa, luego de constatarse que ambas empresas -incluida Falabella- cayeron en la práctica conocida como “interlocking”, teniendo como protagonista al economista, Hernán Büchi.
Aunque tanto Büchi como Falabella llegaron a pagar otros millones en acuerdos anteriores con la Fiscalía Nacional Económica (FNE), en el caso de las otras dos empresas el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) terminó por imponer multas de $3.300 millones para Banco de Chile y $1.650 millones para Consorcio.
En este contexto, puede surgir la duda: ¿Qué es el interlocking?
Explicado: Qué es el interlocking y por qué está prohibido
El interlocking -que en inglés significaría entrelazado- consiste en la práctica, prohibida en Chile, de tener a la misma persona como un alto ejecutivo o miembro de una mesa directiva, en distintas empresas competidoras entre si.
Es decir, firmas que pertenecen a un mismo sector (banca, seguros, transportes, retail, comercio, entre otros) y que trabajen para poder ganar participación de mercado por sobre las otras.
Según la FNE, esta es la forma más directa de interlocking, “cuando una persona ejerce dichos cargos en dos empresas competidoras y se encuentra expresamente prohibida por el artículo 3 letra d) del DL 211, si es que se cumplen los umbrales de ventas establecidos en el mismo artículo”.
“Lo anterior, sin perjuicio de que formas indirectas de interlocking, o casos en que no se superen dichos umbrales, puedan ser objeto de revisión respecto de sus riesgos o efectos en la libre competencia”, agregaron.
Riesgo de libre competencia
Una persona que ostenta cargo de gerente general, o participa activamente en el directorio de una empresa, está en una posición privilegiada donde realizar decisiones de alto nivel y gran impacto en una compañía, además de acceder a información sensible que, en manos de competidores, puede traer grandes costos o conllevar casos de corrupción.
Según la Fiscalía Económica, entre los riesgos que trae esta práctica está la “pérdida de la independencia competitiva y/o del flujo de información comercial sensible entre competidores”.
Esto, a su vez, podría facilitar “un actuar coordinado entre los agentes aún sin un acuerdo explícito”, o incluso acuerdos de colusión.
Por ello es que en el caso que involucró a Büchi, el fiscal nacional económico, Jorge Grunberg, dijo que la sentencia “da señales inequívocas al mercado sobre la gravedad de que una misma persona participe simultáneamente como director o ejecutivo relevante en empresas competidoras”, aunque sea en empresas matrices.
Ahora bien, para que la presencia de un ejecutivo o director sea considerada interlocking, se deben cumplir dos requisitos: ingresos del grupo empresarial al que pertenece la compañía por más de UF 100 mil al último año calendario, y que la persona se mantenga de forma simultánea en los cargos 90 días del año calendario en que se superó la mencionada cifra.
Fiscalía Nacional Económica (FNE)
Otro caso destacando de interlocking fue el que involucró también a Consorcio Financiero, además de LarrainVial y Juan Hurtado Vicuña, donde este último ejerció como director en simultáneo de ambas empresas entre febrero de 2017, cuando comenzó a regir la prohibición de esta práctica, hasta abril de 2019.
En este caso, Hurtado fue condenado a multa de $65 millones; Consorcio $974 millones y LarrainVial unos $1.602 millones.
Por otro lado, Cencosud llegó en octubre de 2024 a un acuerdo con la FNE, luego que Manfred Paulmann participara como director en la compañía fundada por Horst Paulmann y también como ejecutivo relevante en Asesorías Alpa y director de su filial, ARS, teniendo esta última una operación de concentración con Cencosud.
Las multas se dividieron entre $870 millones para la cadena de tiendas y supermercados, $280 millones para Alpa y $50 millones para Manfred Paulmann.
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