Según dijeron la jornada de este jueves los jueces de la tercera sala de la Corte, “la emisión de opiniones políticas, económicas y de cualquiera otra índole son expresión de una libertad fundamental y de un valor democrático constitucional básico”.

La Corte Suprema falló a favor del recurso presentado por AFP Habitat en contra de la Superintendencia de Pensiones, dejando sin efecto la multa de 2.000 UF aplicada por el regulador a la AFP.

Esto, luego que esta enviara a todos sus afiliados una carta que detallaba los impactos que tendría el proyecto de reforma constitucional de retiro de fondos, según lo constató el DF.

De acuerdo con el documento, los jueces estimaron que “la emisión de opiniones políticas, económicas y de cualquiera otra índole son expresión de una libertad fundamental y de un valor democrático constitucional básico”.

Por otra parte se agregó que “el DL 3500, en primer lugar, no es una ley de quórum calificado, por lo que resulta en cualquier hipótesis impotente como fundamento para limitar la libertad de expresión”.

Prosiguieron diciendo que “en segundo lugar, no se encuentra en ella disposición alguna que consista en una expresa limitación de la libertad de opinión. Es por esto que repugna al derecho que tal prohibición sea atribuida a una AFP”.

Finalmente se añadió que, “tampoco ha habido por parte de AFP Habitat un uso abusivo, ni siquiera excesivo, de su organización social. Esto, a la luz del artículo 23 del DL 3500”.

AFP Habitat gana en la Suprema

En esa línea el fallo de la corte detalló que “por una parte, el ejercicio de su libertad de expresión no puede ser considerado ilícito”.

Esto, “pues, con independencia del acierto o desacierto, estas aparecen como correctamente enmarcadas en el ámbito de la discusión general”.

Lo anterior, ya que “en el debate se ha hecho notar por especialistas que el retiro anticipado de ahorros ha tenido algunos efectos económicos adversos”.

Los anteriores, específicamente “para el funcionamiento del sistema de previsión social, en el exacto sentido anunciado por la carta enviada a los afiliados”.