Una dura sanción arriesgan los fiscales del Ministerio Público tras la aprobación de la ley denominada Agenda Corta Antidelincuencia en el Senado, que incluye una sanción de hasta 541 días de cárcel.

Se trata de una medida que pasó prácticamente desapercibida durante la discusión de la iniciativa presentada por el Ministerio del Interior, y que buscaba entregar herramientas a las policías y al Ministerio Público para perseguir delitos, “cocinada” en la Comisión de Constitución del Senado.

Dicha instancia es integrada por el socialista Alfonso de Urresti, presidente de la comisión; el PPD, Felipe Harboe; Pedro Araya, independiente pro DC; además de los miembros de la Alianza, el UDI Hernán Larraín y Alberto Espina, de RN.

Y pese a que el objetivo principal era la persecución de los delincuentes, una de estas sesiones derivó en un tema que últimamente ha complicado al Ministerio Público, especialmente en los últimos casos de corrupción: la filtración de las investigaciones.

Según consta en un acta a la que tuvo acceso La Tercera, durante la discusión se propuso aumentar a 90 días el plazo de reserva de la investigación de 45 días que la Fiscalía tenía, a lo que se suma lo solicitado por el propio ente persecutor: “pena de presidio menor en su grado mínimo a medio” para quienes filtren el trabajo de los fiscales.

De esta forma, quienes sean responsables de revelar información de las investigaciones, como declaraciones y diligencias reservadas, arriesgan de 61 a 541 días de cárcel, situación que claramente podría complicar el trabajo de la prensa, que ha sido clave para conocer detalles de casos judiciales que han estremecido a la política, especialemente los relacionados con delitos de corrupción.

Según constató el matutino, este endurecimiento de la legislación fue aprobado por unanimidad por los senadores de la comisión, y pasó literalmente desapercibido en la discusión en sala, principalmente porque los artículos no fueron votados en separado, sin que algún legislador reparara en el detalle.

De acuerdo al acta, esta norma fue justificada en primera instancia por el senador Harboe, quien “expresó que esa información, difundida por los medios de comunicación social, importa una verdadera condena anticipada del imputado”.

Esta visión fue compartida por el entonces fiscal nacional subrogante, Andrés Montes -presente en la sesión-, quien tras calificar las filtraciones como un hecho “delicado”, aseguró que “se trata de una conducta indebida que socava el principio de objetividad y que faranduliza el proceso penal”.