Tres carabineros en retiro fueron condenados a quince años y un día de presidio por el homicidio calificado de dos trabajadores de Carahue en octubre de 1973.

El magistrado dictó sentencia definitiva en contra de los funcionarios en retiro de Carabineros, René Segundo Illesca González, Rubén Gatica Garrido y Javier Segundo Baeza Jofré, como autores del homicidio calificado de Juan Segundo Palma Arévalo y Arcenio del Carmen Saravia Fritz, perpetrados en Carahue, el 10 de octubre de 1973.

En la sentencia el ministro Mesa condenó a los tres ex uniformados a penas de quince años y un día de presidio mayor en su grado máximo, mas accesorias y al pago de las costas de la causa.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en el proceso, Juan Segundo Palma Arévalo, cargador de trenes, sin militancia política, fue detenido en octubre de 1973 por Carabineros de la Tenencia de Carahue y llevado a esa unidad policial, donde permaneció detenido hasta el 10 de octubre de 1973.

En tanto, Arcenio del Carmen Saravia Fritz, sin oficio ni militancia política conocida, fue detenido en octubre de 1973 por Carabineros de la Tenencia citada mientras deambulaba por la vía pública en estado de ebriedad.

La sentencia detalla que la madrugada del 10 de octubre de 1973 ambos detenidos fueron ejecutados en el sector denominado Villa Damas, de Carahue. Los cuerpos de ambos fallecidos fueron trasladados hasta la morgue del hospital de la comuna, en el mismo vehículo en que se movilizaba la patrulla de Carabineros que les disparó, siendo entregados a sus familiares con la expresa orden de ser enterrados de inmediato en el cementerio local.