La Corte de Apelaciones de Santiago reafirmó este viernes una multa en contra de la Municipalidad de Santiago, que en mayo de 2012 inició unas obras de conservación en el Barrio Yungay, sin autorización del Consejo de Monumentos Nacionales, razón por la cual fue llevada a juicio.

La Undécima Sala del tribunal de alzada -conformada por las ministras Cecilia Aravena (suplente), Gloria Solís (suplente) y el abogado integrante Eugenio Benítez- confirmaron, aunque rebajaron, la multa aplicada por el Sexto Juzgado Civil a la alcaldía capitalina, por los trabajos hechos a la Plaza Yungay.

En el fallo se determina que “en aquellas zonas declaradas típicas o pintorescas se requiere para realizar entre otras, obras de mera conservación, la autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales”. Ello basado en el artículo 30 sobre ley de Monumentos Nacionales.

Cabe decir que fue la Fundación Patrimonio Nuestro la entidad que inició el recurso legal en contra de la entonces administración de Pablo Zalaquett. Durante ésta se determinó una intervención del sector mencionado, consistente en el cambio de mobiliario, luminarias y corte de algunos árboles.

“(…) se acoge la denuncia de obra nueva y en consecuencia se condena a la Ilustre Municipalidad de Santiago al pago de una multa de 100 UTM, correspondiendo el 20% de dicha multa a la parte denunciante”, a su vez que “se ordena el alzamiento de la suspensión condicional de las obras en la Plaza Yungay por haberse acreditado en autos la existencia de la autorización del Consejo de Monumentos con fecha 19 de junio de 2012″, declara el fallo.

De esta forma, según el Poder Judicial el municipio deberá cancelar sólo 50 UTM ($2 millones 36 mil), y podrá continuar con los trabajos, detenidos desde el recurso iniciado en junio del año pasado.