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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Francia fue condenada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos a pagar una millonaria indemnización a una mujer que terminó internada en un centro psiquiátrico tras un contrato sadomasoquista con su jefe. El acuerdo incluía prácticas sexuales no consentidas como comer del suelo y azotes. A pesar de ser absuelto en Francia, el TEDH dictaminó que un contrato previo no implica consentimiento actual.

Un contrato pactado entre un jefe y su empleada para mantener relaciones sexuales masoquistas terminó por condenar a Francia a pagar una millonaria indemnización luego de que la mujer terminara internada en un centro psiquiátrico.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó al dicho país por validar el contrato de “amo y perra”, pues, ella acusó que tras una relación con él sufrió prácticas sexuales no consentidas, lo que detono problemas de salud mental.

Tal como detalla El Español, los involucrados eran compañeros de trabajo en un hospital francés. Él, identificado como K.B, era jefe de ella, de siglas E.A.

Dicho contrato sadomasoquista estipulaba que la mujer daba su consentimiento a este tipo de prácticas, las que consistían en que él tenía derecho a elegir su ropa interior y el maquillaje, además, podía hacer que la mujer comiera de un plato a los pies de su cama, como un animal.

Junto con ello, debía ir al baño con la puerta abierta para que él “escuche el pipí al menos una vez al día”. Sumado a esto, el “amo” podía propinar azotes a la mujer si esta no cumplía lo pactado en el contrato.

En consecuencia, en 2013 la mujer recurrió al TEDH donde presentó una denuncia contra su jefe por los delitos de “violación con tortura y actos bárbaros”; “violencia física y psicológica”; además de “acoso y agresión sexual”, según consigna Rfi.

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Inicialmente, el hombre fue condenado por la justicia francesa; sin embargo, en 2021 fue absuelto totalmente por un tribunal de apelaciones, ya que los jueces consideraron que “dado que ambos protagonistas habían firmado un contrato ‘amo-perra’ que regulaba su relación, esta era consentida”.

Tras agotar las vías judiciales en su país de origen, la mujer acudió al tribunal en Estrasburgo, quienes en su sentencia le dieron la razón dada la existencia de “lagunas del marco jurídico” y “deficiencias” en su aplicación.

Por tanto, el TEDH reafirmó que el consentimiento debía “reflejar la libre voluntad de mantener una relación sexual determinada, en el momento en que se produce y teniendo en cuenta sus circunstancias”, por lo que ningún compromiso anterior, incluido el contrato escrito, podía considerarse como un consentimiento actual, pues, este es, “por naturaleza, revocable”, decidió el tribunal.

Ahora, Francia deberá indemnizar a la mujer con 20.000 euros, algo así como 22.582.400 millones de pesos chilenos, además de las costas judiciales por 1.503 euros (equivalente a casi dos millones de pesos).

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