Esta iniciativa lleva más de 10 años en tramitación y ayer miércoles fue despachada a la Sala desde la Comisión de la Mujer.

La Comisión de Mujer y Equidad de Género del Senado despachó a Sala el proyecto de ley que le entrega a la mujer potestad sobre la administración de sus bienes con modificaciones a la sociedad conyugal, un trámite que lleva más de 10 años en el Congreso.

Desde el Senado esperan que esta iniciativa sea puesta en tabla, para que pase a Cámara Baja para su tercer trámite y que al menos en 2024 se den las condiciones para que sea despachada a ley.

Desde el Ministerio de la Mujer detallaron que la iniciativa busca establecer igualdad entre los cónyuges en la administración de los bienes y tembién reconocer la total capacidad de la mujer para administrar sus propios bienes.

¿De qué se trata este proyecto de modificaciones a la sociedad conyugal?

Una de las primeras modificaciones al Código Civil que consagra este proyecto es “los cónyuges gozan de iguales derechos”, consagrando la coadministración, la igualdad en la administración y el resguardo de los bienes familiares, del haber social y de lo que pueda haber conseguido la cónyuge con su propio esfuerzo.

¿Qué pasa con los matrimonios del mismo sexo?

Dicho proyecto establece un solo tipo de matrimonio, que comprende los matrimonios de distinto sexo como los del mismo sexo y respecto de los que opten por el régimen de sociedad conyugal administrarán los bienes sociales en forma conjunta o indistintamente, derogándose el artículo 150 del Código Civil relativo al patrimonio reservado de la mujer casada.

En este contexto, los cónyuges de cualquier régimen patrimonial del matrimonio podrán afectar el inmueble que sirva de residencia principal de la familia y los bienes muebles como bienes familiares de común acuerdo, otorgado por escritura pública o por resolución judicial.

¿Qué pasa si la casa adquirida es por subsidio habitacional?

Con todo, se presumirá legalmente que el inmueble adquirido por subsidio habitacional por cualquiera de los cónyuges en régimen de sociedad conyugal tendrá el carácter de bien familiar.

Pertenecerá a la mujer casada en sociedad conyugal, en un matrimonio de distinto sexo, el inmueble que adquiera por subsidio habitacional. Tratándose de matrimonios del mismo sexo, el bien inmueble pertenecerá al cónyuge adquirente. El inmueble adquirido por el hombre casado en sociedad conyugal, mediante dicho subsidio aumentará el haber social.

El proyecto, además, propone modificaciones a las leyes sobre: Registro Civil; abandono de familia y pago de pensiones alimenticias; de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones; matrimonio civil, entre otros y cambios en los Códigos de Comercio y de Minería.