VER RESUMEN

Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El Subsidio Unificado al Empleo (SUE) comenzará el 1 de octubre, reemplazando al Bono al Trabajo de la Mujer, Subsidio al Empleo Joven y Subsidio Previsional para Trabajadores Jóvenes. Administrado por Sence, entregará hasta un 20% de la remuneración bruta a trabajadores y empresas. El beneficio máximo será de .000 mensuales, más del doble del tope actual. Se enfocará en jóvenes, mujeres, personas en transición a la vejez y discapacitados, incluyendo requisitos específicos para trabajadores y empleadores.

Dentro de poco entrará en vigencia el Subsidio Unificado al Empleo (SUE), un beneficio que nace de la combinación de tres aportes y que entregará una ayuda económica a trabajadores que ingresen a un nuevo empleo, pero también a las empresas que los contraten.

La iniciativa está pactada para aplicarse desde el 1 de octubre y será administrada por Sence, institución encargada de la administración de los tres beneficios que se reemplazarán: el Bono al Trabajo de la Mujer, el Subsidio al Empleo Joven y el Subsidio Previsional para Trabajadores Jóvenes.

Según indica la Biblioteca del Congreso Nacional, el subsidio entregará un beneficio económico que equivaldrá a un porcentaje de la remuneración bruta del trabajador, es decir, lo que se paga antes de los descuentos previsionales y legales.

Personas trabajadoras: reciben hasta un 20% de su remuneración bruta.
Empresas: reciben hasta un 20% del sueldo bruto pagado.

Con todo, el Subsidio Unificado al Empleo podría entregar un máximo mensual de $185.000 mensuales, más del doble del tope actual, según explica Sence.

¿A quiénes beneficiará el Subsidio Unificado al Empleo?

Según explica el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), el SUE beneficiará a personas trabajadoras dependientes e independientes que cumplan alguna de las siguientes condiciones.

• Jóvenes de entre 18 y 25 años.
• Mujeres de entre 25 y 55 años.
• Personas mayores en transición a la vejez, de entre 55 y 65 años.
• Personas con discapacidad inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad, de hasta 65 años.

A estos se suman empresas del sector privado que contraten a quienes pertenezcan a estos grupos y cumplan los requisitos establecidos.

Sobre esa línea, hay requisitos específicos que deben cumplir las personas trabajadoras y los empleadores.

Requisitos para trabajadores:
• Tener una renta bruta mensual igual o inferior a 2,25 ingresos mínimos mensuales.
• Haber tenido al menos 6 meses de desempleo continuos u 8 meses de desempleo discontinuos, dentro de los últimos 18 meses.
• Pertenecer a un grupo prioritario.
• Ubicarse entre el 40 y el 60% de vulnerabilidad en el Registro Social de Hogares, a excepción de las personas discapacitadas, para quienes no se aplicará el criterio.

Requisitos para empleadores:
• Ser contribuyentes de primera categoría (obtener rentas empresariales).
• Estar al día en el pago de cotizaciones previsionales.
• No haber tenido una relación laboral previa con la persona postulada en los últimos 12 meses.
• Postular dentro de los primeros 3 meses de iniciada la relación laboral.
• No haber sido condenadas por prácticas antisindicales, vulneración de derechos fundamentales o delitos concursales en los últimos 2 años.

Considerando lo antes señalado, es importante destacar que ambas partes podrán postular al SUE. Si el empleador es el postulante, lo hará por la dupla empresa-trabajador. En cambio, si el trabajador es el postulante, solo lo hará por sí mismo.