La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado por un estudiante de posgrado en contra de la Universidad de Chile por condicionar la entrega de su título al pago de 30 UF (cerca de $861.495) como arancel de tesis.

El estudiante cursó un magíster en Derecho con mención en Derecho Penal que inició la segunda mitad de 2015 y aprobó el trabajo exigido como Actividad Formativa Equivalente a Tesis el 19 de agosto de 2019.

Sin embargo, acusó que se condicionó la entrega de su título al pago de 30 UF por concepto de “arancel de tesis”, cobro que se impuso el pasado 19 de diciembre de 2019, mediante mensaje de correo electrónico, y que en comunicaciones posteriores con la casa de estudios, se le indicó fue fijado por resolución el 18 de diciembre de 2014 y el memorándum Nº 447 del 3 de julio de 2019.

El alumno aseguró que hasta ese momento no tenía conocimiento sobre aquello.

En un fallo dividido, la Quinta Sala del tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario de la casa de estudios al condicionar la entrega del título académico, basándose en normas promulgadas con posterioridad al contrato suscrito con el recurrente para cursar programa de magíster.

El fallo estableció que “la casa de estudios se ampara en el marco de autonomía que le reconoce la Ley N° 21.094, sin embargo, dicha normativa se publicó en el Diario Oficial el 5 de junio de 2018, esto es, con posterioridad al contrato que las partes celebraron en 2015 cuando inició su programa de magíster”.

“Si al momento de inicio del curso no existía ley alguna que permitiera a la universidad sujetar la entrega o tramitación del título al pago de los aranceles correspondientes, el actuar de la universidad aparece contrario a derecho pues, conforme a la ley que rige el contrato, solo puede perseguir el cumplimiento de la obligación por los mecanismos que el ordenamiento jurídico le provee como a cualquier otro acreedor, pero no es posible aceptar la condición que impuso pues ella excede sus facultades”, se añadió.

De esta manera, la Corte de Apelaciones ordenó a la universidad a permitir al alumno completar su proceso de titulación de magíster en derecho penal sin exigir como condición el pago.