La Corte Suprema confirmó una sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca que ordena a Carabineros y la Policía de Investigaciones extremar las medidas para resguardar el orden público y el libre tránsito vehicular en la ciudad.

En fallo unánime, se confirmó sin modificaciones la sentencia del tribunal de alzada que acogió la acción cautelar.

El texto sostiene que “lo expuesto por aquél es concordante con los hechos acaecidos en el país y en esta ciudad durante el último periodo, que son de público conocimiento a través de los distintos medios de comunicación”.

Asimismo, agrega que los hechos “se traducen en la obstrucción de las vías públicas mediante barricadas con el uso de fuego y, en algunos casos, con agresiones a quienes transitan por las mismas”.

Además, expone la situación del afectado, “quien afirma haber sufrido apedreamiento a su vehículo, situación que sin duda, pudo causar daños materiales a dicho móvil y constituyó un riesgo a su integridad física y psíquica”.

“Tales sucesos, constituyen una vulneración a la libertad personal y seguridad individual del actor, por parte de terceros desconocidos y embozados, al impedirle el libre tránsito por la vía pública y un riesgo a su integridad, atendida la utilización de elementos idóneos para causar daño, como lo es el uso de piedras en su contra, por lo que concurren a su respecto los supuestos que hacen procedente la acción constitucional de amparo”, sostiene.

Por lo anterior, la “Corte considera procedente ejercer las facultades que le confiere el inciso final del artículo 21 de la Carta Fundamental, a fin de restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado en los términos que se dirá en la resolutiva”.

Finalmente señala que “se acoge el recurso de amparo interpuesto (…) en contra de Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones de Chile, en cuanto se dispone que los recurridos deberán extremar los recursos para resguardar el orden público y prevenir situaciones como las denunciadas, dentro de sus respectivas competencias”.

Sin perjuicio de la anterior, solicitan remitir los antecedentes al Ministerio Público.