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La Defensoría presentó amparo a favor de un menor imputado por violar a una niña de 4 años, invocando la prescripción del delito y pidiendo el sobreseimiento del caso.

La Defensoría presentó amparo en favor de menor imputado por violar a niña de 4 años de edad, invocando la prescripción del delito y por eso pidiendo el sobreseimiento del caso.

Un abogado penalista señaló que una interpretación garantista de la Corte Suprema está detrás de estos recursos, mientras una diputada cuestionó la impunidad que persigue la Defensoría.

Fue la semana pasada cuando la Fiscalía formalizó al joven hoy de 18 años de edad por el delito de violación. Al momento de los hechos, el 2022, el victimario tenía 14 años y la menor víctima tan solo cuatro.

En la audiencia, la Defensoría pidió sobreseer al imputado, argumentando que la Ley de Justicia Juvenil prescribe los delitos que cometen menores en un plazo de dos años y en este caso la violación habría ocurrido hace tres. El Juzgado de Garantía de Chiguayante rechazó la solicitud.

Contra esa resolución, la Defensoría presentó un amparo. El abogado penalista y exfiscal, Andrés Cruz, explicó que esos recursos son producto de una postura garantista de la Corte Suprema, al establecer que la formalización y no las querellas interrumpen la prescripción.

Sobre la posibilidad que este tipo de argumentos deje en la impunidad hechos tan graves como la violación de una menor de edad, el abogado Cruz admitió que efectivamente así lo podría ver la opinión pública.

Desde el Parlamento, la presidenta de la Comisión de Desarrollo Social, diputada Marlen Pérez, fue crítica de la Defensoría, esperando que la Corte de Apelaciones penquista frene la posibilidad de liberar de cargos al imputado.

El victimario, tras la formalización, quedó con la cautelar de prohibición de acercarse a la víctima y a su familia.

En caso de ser rechazado el amparo, la Defensoría podría apelar y llevar la causa a la Corte Suprema.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)