Las Fiestas Patrias destacan, entre muchísimas cosas, por un aumento en el tráfico de pasajeros en diversos transportes, incluyendo el sector aéreo.
Por ello, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) llegó hasta el aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago para verificar el “estricto” cumplimiento de los derechos de los consumidores.
Los fiscalizadores conocieron si las aerolíneas estaban cumpliendo con obligaciones como entregar información veraz y oportuna para que los pasajeros puedan saber de las condiciones relevantes del servicio.
Derechos de consumidores al viajar en avión
Ahor, el Sernac remarcó que las aerolíneas deben tener a disposición de los pasajeros folletos informativos en un lugar visible de sus oficinas de venta de pasajes y en los mostradores (counter) de los aeropuertos.
Estos folletos deben contener información sobre los derechos de los consumidores respecto a la cancelación y retrasos de vuelos; denegaciones de embarque, cesión del billete de pasaje a otra persona -que debe ser gratuito- y el retracto del pasajero con respecto al contrato de transporte aéreo.
También se deben agregar datos sobre prestaciones asistenciales; restitución de tasas, cargos o derechos aeronáuticos y qué hacer en caso de pérdida, daño o retraso en la entrega de equipaje, junto con cualquier otro derecho establecido en la ley.
A su vez, el Servicio destacó mediante un comunicado que los contratos de servicio deben estar libres de cláusulas que resulten abusivas, como la modificación unilateral de las condiciones acordadas.
Sobre el derecho a retracto en vuelos nacionales y reembolso total sin penalizaciones, este se puede ejercer dentro de las 48 horas siguientes a la compra si el pasaje se adquirió con al menos siete días antes del vuelo.
Si el vuelo está programado para 180 días o más, el plazo se amplía a siete días. En ambos casos, la aerolínea debe devolver el dinero por el mismo medio de pago -o alguno acordado por las partes- en un plazo máximo de 10 días (en la primera situación) o 30 días (en la segunda).
También existe un derecho al cambio de fecha o devolución total del monto pagado por el pasaje en caso de que la persona se vea inhabilitada de viajar por temas médicos, siempre que cumpla los requisitos del Código Aeronáutico.
Finalmente, dentro de todos los derechos de los viajeros aéreos, quienes pierdan su maleta o la reciban dañada, deberán recibir un monto de 40 UF en compensación, independiente del número de maletas.