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El Tribunal Oral de Cañete absuelve a Jorge Escobar del delito de abandono de menor con resultado de muerte, al no acreditarse dolo según sentencia de 225 páginas. La audiencia breve dio lugar a la entrega de fundamentos de la decisión y plazo de 15 días para estudiarla. La abogada de la víctima respeta pero no comparte la resolución, iniciando análisis del fallo.
En horas de este lunes 21, el Tribunal Oral de Cañete, en la región del Bío Bío, dio lectura a la sentencia de 225 páginas que dejó absuelto a Jorge Escobar del delito de abandono de menor con resultado de muerte, en el Caso Tomás Bravo.
Recordemos que, previamente, la justicia había expresado que en este caso no se configuró el delito de abandono de menor con resultado de muerte, así como que no se acreditó el dolo o la intención de abandonarlo.
Si bien la audiencia fue breve, ya que el juez Rodrigo González-Fuente se limitó a dar lectura al último párrafo del extenso fallo, sí se entregaron los fundamentos de esa decisión.
Así lo expresó el fiscal Michelangelo Bianchi, quien de paso señaló que tienen un plazo de 15 días para estudiar la sentencia y decidir eventuales recursos de nulidad.
Por su parte, la abogada del padre de la víctima, Madeleine Gacitúa, comentó que respetan la decisión de los jueces de Cañete, aunque no la comparten, y por eso el análisis del fallo iniciado.
Por último, cabe señalar que en la resolución, además de la absolución del acusado, el Tribunal Oral de Cañete condenó al Ministerio Público al pago de las costas del juicio.
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