Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
Ministerio de Medio Ambiente decreta primera Emergencia Ambiental del año en Osorno por mala calidad del aire, debido a bajas temperaturas y escasa ventilación. Medida se enmarca en Gestión de Episodios Críticos del Plan de Descontaminación Atmosférica de la comuna. Seremi de Medio Ambiente insta a seguir recomendaciones para reducir exposición a contaminación. Restricciones incluyen prohibición de emisión de humos visibles de artefactos residenciales a leña, uso simultáneo de dos o más de estos artefactos por vivienda, y funcionamiento de calderas industriales con emisiones altas.
Este miércoles 28 de mayo, el Ministerio de Medio Ambiente decretó la primera Emergencia Ambiental del año en Osorno —en la región de Los Lagos— por mala calidad del aire, debido a las bajas temperaturas y escasa ventilación.
La medida se enmarca en el período de Gestión de Episodios Críticos del Plan de Descontaminación Atmosférica de la comuna.
Al respecto, la seremi de Medio Ambiente, Alejandra de la Fuente, llamó a la población a seguir las recomendaciones para reducir la exposición de la contaminación y contribuir a mejorar la calidad del aire.
La autoridad pidió prioridad el uso de leña seca, ya que permite una combustión más eficiente.
Con la emergencia ambiental se establece una serie de restricciones contempladas en el Plan de Descontaminación. Revísalo a continuación:
-Se prohíbe la emisión de humos visibles provenientes de artefactos residenciales a leña, dentro del radio urbano, durante todo el día.
-Se prohíbe el uso simultáneo de dos o más artefactos a leña por vivienda, en la comuna, durante todo el día.
-Se prohíbe en los polígonos Centro Extendido, Pilauco y Las Quemas – Bellavista, entre las 18:00 y las 24:00 horas, el funcionamiento de artefactos unitarios a leña residenciales.
-Se prohíbe en la comuna, durante todo el día, el funcionamiento de calderas industriales y calderas de calefacción con una potencia térmica nominal mayor a 75 kWt, que presenten emisiones mayores o iguales a 50 mg/m3N de material particulado.
-Se prohíbe en la comuna, durante todo el día, el funcionamiento de calderas de calefacción a leña con una potencia térmica nominal menor a 75 kWt.
-Se suspenden las actividades físicas y deportivas al aire libre para la comunidad escolar, las cuales podrán ser reemplazadas por actividades físicas de bajo impacto.
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