¿Se alteraron datos ambientales de ENAP para cumplir metas que podían incidir en el pago de bonos? Esa es una de las hipótesis más sensibles que aparece en torno a lo ocurrido en Refinería Aconcagua de Concón y que, según fuentes de la compañía consultadas por Bio Bio, deberá ser despejada por las investigaciones en curso.
No está acreditado que ése haya sido el propósito de las inconsistencias detectadas pero sí se habrían recibido bonos como consecuencia directa de ellas. punto que genera interés más aún cuando la propia petrolera estatal sí reconoce que durante años se utilizó para calcular la recuperación de azufre una fórmula distinta de la establecida en el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de Concón, Quintero y Puchuncaví.
El resultado no era inocuo. ENAP admite que, al aplicar el parámetro correspondiente, la eficiencia en la recuperación de azufre superaba el 90%, pero quedaba por debajo del 98% exigido por el PPDA. La empresa también reconoce que determinadas fuentes de emisiones de SO₂ —entre ellas el flaring de antorchas y otras fuentes menores— no habían sido consideradas en la línea base ni cuantificadas en reportes anteriores. En otras palabras, todo apunta a que se entregaron datos erróneos o derechamente falsos.
Ese escenario abre dos interrogantes que corren en paralelo. La primera es si detrás de la metodología utilizada existió algún incentivo económico asociado al cumplimiento de metas internas, lo que en la práctica fue así. La segunda es penal, ya que se mantienen incógnitas sobre quiénes conocieron lo que estaba ocurriendo, durante cuánto tiempo y si los hechos que eventualmente pudieran constituir delito corresponden a episodios separados o a conductas cuya ejecución o consumación pudo prolongarse en el tiempo.
Fuentes conocedoras del caso sitúan los antecedentes que deben ser revisados entre 2021 y 2025. En ese lapso entró en vigencia la Ley N°21.595 de Delitos Económicos, que incorporó al Código Penal nuevos delitos contra el medio ambiente y amplió el marco de responsabilidad asociado a hechos cometidos en el ejercicio de actividades empresariales. Por ello, la fecha de cada conducta, su eventual reiteración y el momento de consumación que determine la Fiscalía pueden resultar decisivos para establecer qué legislación es aplicable y a quiénes podría alcanzar.
En conversación con Radio Bío Bío, el alcalde de Concón, Freddy Ramírez Villalobos, se refirió a la polémica:
“La información entregada por ENAP confirma hechos graves que requieren total transparencia y una investigación exhaustiva. Como alcalde de Concón, nuestra prioridad será siempre proteger la salud y la seguridad de nuestros vecinos. Valoramos que se hayan adoptado medidas, pero corresponde que las autoridades competentes determinen las responsabilidades y verifiquen de manera independiente que actualmente se están cumpliendo todas las exigencias ambientales.
Concón merece certeza información oportuna y los más altos estándares de control ambiental. Por eso seguiremos trabajando junto a ENAP para esclarecer los hechos, para poder dar confianza a los vecinos y vecinas de la comuna, a la ciudadanía y, por supuesto, seguir colaborando en el mejoramiento medio ambiente entre la empresa estatal y la comuna de Concón”.
El informe que todos quieren
Es en ese escenario donde una frase contenida en un oficio de apenas dos páginas permite dimensionar la tensión que se instaló entre el Ministerio de Energía y la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP).
“Este Ministerio requiere acceder al informe completo sobre balance de azufre en Refinería Aconcagua y no solo a un sustituto de elaboración propia como el remitido por su carta”.
La advertencia fue escrita por la ministra de Energía, Ximena Rincón, en el Oficio Ordinario N°1169/2026, enviado el 5 de agosto al presidente del directorio de ENAP, Cristián Muga.
No fue la primera solicitud.
El documento responde a una comunicación anterior de la petrolera y, al mismo tiempo, reitera un requerimiento formulado por Energía mediante el Oficio Ordinario N°995/2026. Esta vez Rincón recordó expresamente las facultades legales de su cartera para exigir antecedentes a una empresa estatal y advirtió que ENAP tiene la obligación de proporcionarlos “en el más breve plazo”.
La ministra agregó que ni siquiera el carácter privado o reservado de determinada información puede ser invocado para impedir su entrega al ministerio que posee atribuciones legales para requerirla.
Rincón sostuvo que, para evaluar los eventuales impactos regulatorios, reputacionales, financieros y de continuidad operacional derivados de los hechos investigados, Energía necesita conocer el informe completo sobre el balance de azufre de Refinería Aconcagua. Y dejó por escrito que lo recibido hasta entonces era un “sustituto de elaboración propia”, en referencia a un informe que está en el escritorio de los ejecutivos de la petrolera pero que no se ha distribuido pese a las solicitudes formales.
Por eso reiteró la orden en dicho oficio, ENAP debía entregar una copia del informe definitivo denominado “Balance de Azufre de ENAP Refinería Aconcagua (ERA)” en un plazo que no podía superar los cinco días hábiles.
ENAP: los ministros fueron informados
La Unidad de Investigación de Radio Bío Bío consultó directamente a ENAP si el informe estaba en los escritorios de los ministros de Energía y Hacienda.
La respuesta de la petrolera fue que “la empresa entregó a ambos ministros un primer informe del caso 15 días después de la Junta de Accionistas (abril) y, posteriormente, el estado de avance de una investigación interna”.
ENAP agregó que, tras la Junta de Accionistas, la ministra de Energía solicitó un informe en un plazo de 15 días y que éste fue entregado oportunamente. Añadió que las investigaciones internas y auditorías permanecen en su etapa final y que posteriormente serán puestas a disposición de las instancias correspondientes.
La estatal sostuvo además que ha entregado al Ministerio Público y a la Superintendencia del Medio Ambiente todos los antecedentes que esas instituciones le han solicitado y que Energía y Hacienda han recibido actualizaciones sobre el avance de las investigaciones.
Pero la respuesta no resuelve la cuestión de fondo.
ENAP habla de un “primer informe”, de actualizaciones y del estado de avance de la investigación. El oficio firmado por Rincón el 5 de agosto pasado, en cambio, exige específicamente el informe definitivo y deja establecido que hasta entonces Energía había recibido un documento que la propia ministra calificó como un “sustituto”.
Fuentes consultadas sostienen que lo que llegó a conocimiento de autoridades de Energía y Hacienda fueron antecedentes, análisis y reportes sobre las conclusiones que iban arrojando las revisiones, pero no el informe definitivo e íntegro que ahora reclama Rincón y que es clave para entender qué pasó y hasta donde llegarían las responsabilidades.
El origen: los números del azufre
El problema comenzó a aflorar formalmente en enero de 2026.
La propia ENAP reconoce que, mientras revisaba la información destinada a los reportes anuales del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de Concón, Quintero y Puchuncaví, detectó inconsistencias tanto en las emisiones totales de dióxido de azufre (SO₂) como en la eficiencia de recuperación de azufre informada a la Superintendencia del Medio Ambiente.
En el caso de las emisiones, la empresa constató que el flaring (quema de gas) de las antorchas y otras fuentes menores no habían sido consideradas en la línea base ni cuantificadas en los reportes anteriores. ENAP asegura que corrigió esa situación en el reporte correspondiente a 2025, presentado en enero de este año.
El segundo problema resulta particularmente sensible. La compañía reconoció que durante años anteriores se utilizó para calcular la recuperación de azufre una fórmula distinta de aquella establecida en el PPDA. Al recalcular los antecedentes, ENAP constató eficiencias superiores al 90%, pero inferiores al 98% exigido por el plan ambiental.
Fuentes conocedoras del proceso interno sitúan los antecedentes que deben ser revisados entre 2021 y 2025.
Lo que deberá determinarse ahora es desde cuándo se utilizó efectivamente esa metodología, quiénes conocieron su aplicación y cómo esos cálculos atravesaron los distintos controles internos antes de transformarse en información utilizada para acreditar cumplimiento ambiental.
La propia empresa evita, por ahora, identificar responsabilidades. Consultada expresamente por quiénes conocían el procedimiento, respondió que las responsabilidades individuales deberán determinarse una vez que los hechos sean completamente esclarecidos “tanto en sede penal como ambiental”.
La frontera penal y el directorio
La cronología puede convertirse en una de las piezas más sensibles de la investigación del Ministerio Público.
La Ley N°21.595, publicada en agosto de 2023, no sólo sistematizó los denominados delitos económicos. También incorporó al Código Penal un nuevo catálogo de atentados contra el medio ambiente. Entre las conductas reguladas aparecen hipótesis vinculadas a emisiones o vertimientos efectuados infringiendo instrumentos de gestión ambiental o determinadas obligaciones impuestas por la autoridad.
Eso obliga a separar dos planos. Una cosa es que ENAP reconozca inconsistencias, una metodología distinta de la prevista en el PPDA o incumplimientos de indicadores. Otra, jurídicamente diferente, es que esos hechos satisfagan los elementos de alguno de los tipos penales ambientales. Esa calificación corresponde al Ministerio Público y, eventualmente, a los tribunales.
Pero existe además un problema temporal. Si la Fiscalía concluye que las conductas investigadas corresponden a actos independientes ejecutados en distintos períodos, deberá determinar la ley vigente al momento de cada uno. Si, en cambio, la naturaleza del hecho investigado permitiera sostener jurídicamente una ejecución o consumación que se prolongó después de la entrada en vigencia del nuevo régimen penal, el análisis podría ser diferente. La existencia de un supuesto delito continuado, permanente o de una reiteración de delitos es la discusión jurídica que viene en este caso. En simple, dejar dentro de la persecución penal de responsabilidades a los altos ejecutivos y directorio o no.
Por eso pasa a ser relevante la respuesta que ENAP entregó a Radio Bío Bío respecto de Nolberto Díaz: “Todo el Directorio fue informado en la sesión extraordinaria del 23 de enero”. Esa afirmación fija al menos una fecha que la propia compañía reconoce formalmente.
La SMA y la Fiscalía
El caso ya está fuera de los muros de ENAP. El fiscal jefe de Quintero, Pablo Bravo, inició hace unos meses diligencias por eventuales delitos medioambientales luego de que los antecedentes fueran puestos en conocimiento del Ministerio Público. Diario Financiero informó en junio que la arista penal se había activado por la presunta manipulación de datos del PPDA.
ENAP sostiene que el 28 de abril su directorio conoció las conclusiones preliminares del estudio técnico y de la auditoría forense y ordenó presentar una denuncia ante el Ministerio Público e informar los hechos a la SMA. Ambas actuaciones se concretaron al día siguiente. Se apuran en la petrolera estatal en afirmar que desde enero, cuando la casa matriz supo, se recabaron los antecedentes que llevaron a la presentación ante la fiscalía de los datos.
La Superintendencia del Medio Ambiente conoce bien la operación de Refinería Aconcagua. En 2023 formuló un cargo grave contra la compañía después de fiscalizar los antecedentes que ENAP debía presentar anualmente en virtud del PPDA. Ese procedimiento terminó en 2024 con una multa superior a $322 millones por exceder durante parte de 2022 límites de material particulado y SO₂.
La investigación actual, sin embargo, apunta a un problema distinto y potencialmente más grave ya que la metodología con la cual se elaboró parte de la información ambiental que debía ser reportada a la autoridad.
Y existe otra diferencia relevante.
Según antecedentes recabados por la Unidad de Investigación de Bio Bio, el informe definitivo que exige Rincón tampoco lo tendría el Ministerio Público, ya que solo se habrían entregado los documentos que se han pedido. En eso consistiría la colaboración.
Dieciséis salidas
La crisis también tuvo efectos puertas adentro. ENAP reconoce dos procesos de desvinculación que sumaron 16 trabajadores.
El primero ocurrió en enero, cuando ocho personas fueron desvinculadas en el contexto de una reorganización y luego de detectarse la contingencia. El segundo se produjo en junio, cuando otras ocho personas salieron mientras la compañía modificaba y fortalecía su estructura, particularmente en el área de cumplimiento ambiental.
La empresa precisa que los contratos terminaron por necesidades de la empresa o desahucio y que, por ello, correspondió pagar las indemnizaciones previstas en la legislación laboral.
Esto tampoco permite atribuir automáticamente responsabilidad a cada una de las personas desvinculadas.
Pero algunas de las posteriores demandas laborales han abierto una ventana a antecedentes internos y decisiones adoptadas durante el período en que la empresa intentaba reconstruir lo ocurrido.
Los “Master Chef”
Puertas adentro, la historia incluso adquirió un nombre.
Fuentes de la petrolera señalan que a un grupo vinculado al tratamiento de esta información se le conocía como los “Master Chef”, una expresión utilizada irónicamente para referirse a la supuesta “cocina” de cifras.
Las mismas fuentes mencionan la existencia de comunicaciones mediante WhatsApp relacionadas con cálculos y datos. La existencia de ese grupo, sus integrantes, el contenido de las conversaciones y, sobre todo, su eventual relación con información posteriormente reportada a organismos públicos son materias que deberán ser acreditadas por las investigaciones.
Radio Bío Bío preguntó expresamente a ENAP por esa denominada “cocina” y por el grupo “Master Chef”.
La compañía no confirmó ni negó específicamente su existencia. Respondió que “cualquier expresión o conducta como la descrita no se condice con los estándares de la empresa” y sostuvo que por esa razón ha impulsado las acciones internas ya descritas.
“Cachorro” y “Gitano”
En esta historia aparecen también dos nombres de enorme peso en la estructura sindical de la petrolera: Nolberto Díaz Sánchez y Marcos Varas Alvarado.
Conocidos en círculos de ENAP como “Cachorro” y “Gitano”, respectivamente, ambos han sido durante años hombres fuertes de la representación de los trabajadores dentro de la estatal.
Varas fue director laboral de ENAP desde abril de 2019 hasta abril de 2023. Díaz lo sucedió después de ser elegido por los trabajadores y asumió formalmente en el directorio el 25 de abril de 2023.
La sucesión importa por las fechas bajo investigación. Si los antecedentes que están siendo revisados efectivamente se remontan a 2021, el período cruza la representación de ambos representantes laborales en el directorio.
Eso, por sí solo, no establece conocimiento ni responsabilidad de ninguno de ellos. Radio Bío Bío preguntó específicamente cuándo había tomado conocimiento Nolberto Díaz de las inconsistencias y si había sido informado de sus alcances. ENAP respondió escuetamente: “Todo el Directorio fue informado en la sesión extraordinaria del 23 de enero”.
Durante el período que ahora está bajo revisión, la composición del directorio de ENAP fue cambiando. En septiembre de 2018 a marzo de 2022, la mesa era encabezada por Fernando Massú Taré y la integraban la abogada Consuelo Raby Guarda, incorporada ese mismo mes; Rodrigo Manubens Moltedo; Rodrigo Azócar Hidalgo, director desde el 29 de marzo de 2018; José Luis Mardones Santander; Ana Holuigue Barros; y Marcos Varas Alvarado, como director laboral.
Massú dejó la presidencia tras presentar su renuncia el 22 de marzo de 2022, mientras Raby renunció como directora el 25 de marzo de 2022. En la transición, Mardones y Holuigue asumieron temporalmente como presidente y vicepresidenta, respectivamente.
El 27 de mayo de 2022 fueron designados por Gabriel Boric, Gloria Maldonado Figueroa como presidenta y Andrés Rebolledo Smitmans como director y vicepresidente.
Durante 2023 se produjeron otros dos relevos: Laura Albornoz Pollmann asumió el 25 de abril de 2023, reemplazando a Ana Holuigue, y Nolberto Díaz Sánchez —“Cachorro”— asumió ese mismo día como director laboral en reemplazo de Marcos Varas Alvarado —“Gitano”—. José Luis Mardones dejó el directorio en marzo de 2024 y Ximena Corbo Urzúa ingresó el 30 de abril de 2024. De esta forma, durante 2024 y 2025 la mesa quedó integrada por Gloria Maldonado, Andrés Rebolledo, Laura Albornoz, Rodrigo Azócar, Rodrigo Manubens, Ximena Corbo y Nolberto Díaz.
Hoy, agosto de 2026, los cambios respecto a enero de este año han sido sutiles, solo dos nombres. Con el arribo de José Antonio Kast, llegó el abogado penalista Cristián Muga, quien asumió la presidencia el 17 de marzo de 2026, fecha en que también regresó como directora María Consuelo Raby Guarda.
Tanto Manubens, Corbo, Albornoz, Azócar y Díaz continúan en sus puestos hasta hoy.