El juez determinó que el acusado era culpable de los hechos ocurridos en diciembre de 2019, condenándolo a un total de 13 años de cárcel por los delitos de homicidio y femicidio frustrado (condena a la cual se le debe restar el tiempo que cumplió en prisión preventiva).

El 11 de diciembre del año 2019 se registró un siniestro caso en Villa La Finca de la comuna de Combarbalá, en la región de Coquimbo. Ese día el sujeto identificado con las iniciales A. M. A. S. de 27 años, concurrió al domicilio de su expareja y madre de sus hijos, quien se encontraba con su nueva pareja en un dormitorio del segundo piso del inmueble.

En ese momento el acusado habría ingresado a la vivienda forzando un ventanal, para posteriormente tomar un cuchillo cocinero y atacar al hombre, siendo este su primera víctima al propinarle diversas heridas y lesiones.

La mujer intentó intervenir en defensa de su conviviente, siendo también agredida con golpes de puño y cuchillo.

Cabe mencionar que el acusado volvió a atacar al hombre, propinándole una nueva estocada. Éste falleció finalmente producto de dos heridas.

Por su parte, la mujer alcanzó a huir lanzándose por la ventana, pero recibió una nueva estocada a la altura de la pierna izquierda.

El autor de los delitos huyó del lugar, pero posteriormente se entregó a la justicia.

Condenado por homicidio y femicidio frustado

Más de dos años después de los hechos, la Fiscalía de Combarbalá logró probar ante los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Ovalle el delito de homicidio consumado y femicidio frustrado.

En este caso, el Ministerio Público representado por el fiscal Herbert Rohde y el fiscal (s) Cristian Arcos, llevaron diversos medios de prueba que acreditaron los hechos.

“La PDI pudo examinar el cuerpo del fallecido, levantaron evidencia biológica, material genético, entre otras”, señaló Arcos.

Así también dijo que “se presentaron declaraciones de funcionarios de la PDI, ya que el acusado se entregó a ellos”.

Arcos precisó que no obstante esa acción, ya se había solicitado una orden de aprehensión en su contra.

El fiscal (s) además agregó que hubo prueba gráfica, videos del sitio del suceso e imágenes de la víctima de sexo femenino, situación que demostró que el acusado conocía de la nueva relación sentimental.

Además, se encontró el arma cortante y las pruebas sumaron declaraciones de familiares y peritos del Servicio Médico Legal.

Importancia de las pruebas

El fiscal (s) Cristian Arcos quiso destacar la importancia de las pruebas presentadas, las cuales fueron contundentes para probar la culpabilidad del imputado.

“El tribunal dictó un veredicto condenatorio el día viernes, acogiendo ambas calificaciones propuestas en la acusación del Ministerio Público. Los medios con los cuales pudimos probar ambos hechos, fueron la declaración de la propia víctima que sobrevivió a los hechos”, detalló Arcos.

Añadiendo que también fue relevante la “declaración de dos testigos que concurren de inmediato al lugar, ambos amigos de la víctima, la declaración de carabineros, declaración de funcionarios de la PDI, quienes concurrieron al lugar, examinaron el cuerpo del fallecido, levantaron evidencia biológica, material genético, especialmente sangre, y también declaración de funcionarios de la Brigada de Homicidios de La Serena, dado que el acusado se entregó allá”.

“También tuvimos pruebas gráficas, vídeos de funcionarios de Carabineros de cuando llegan al sitio del suceso, además de imágenes aportadas por la propia víctima”, agregó.

13 años de cárcel en total

Este lunes 13 de junio se realizó la sentencia del caso, condenando al imputado a 7 años de presidio por el delito de homicidio en su grado de consumado, y a otros 6 años de presidio por el femicidio frustrado a su expareja.

Esto a su vez significa la inhabilitación absoluta perpetra para cargos públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Cabe destacar que a los 13 años de condena se le restará el tiempo que estuvo en prisión preventiva, el cual fue cerca de 915 días.

Al sentenciado se le reconoció su irreprochable conducta anterior y la colaboración prestada en el caso.

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