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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La acusación constitucional que prepara la oposición contra el ministro de Justicia, Fernando Rabat, por las rebajas de condena podría extender el conflicto a jueces que integraron comisiones o fallaron sobre esos beneficios. En minutas internas aparecen ministros de cortes de Apelaciones y de la Suprema, aunque sectores políticos no han confirmado acciones. Abogados advierten que las causales para acusar magistrados son distintas y que debe determinarse si actuaron en funciones jurisdiccionales o administrativas, para evitar que la ofensiva se convierta en una revisión política de fallos.

Entre abogados que conocen las conversaciones sobre el conflicto por las rebajas de condena circula una advertencia: los argumentos contra el ministro de Justicia podrían alimentar una ofensiva contra integrantes de las cortes de Apelaciones y de la Suprema. La hipótesis genera inquietud en sectores de izquierda y expectativas en parte de la derecha, aunque su eventual traducción jurídica está lejos de ser automática. Por ahora, corresponde esclarecer si los magistrados intervinieron en ejercicio de funciones jurisdiccionales o administrativas.

La preocupación que circula en los pasillos de las cortes de Apelaciones tiene un alcance mayor que el futuro del ministro de Justicia, Fernando Rabat. Entre abogados que conocen las conversaciones sobre la controversia por las rebajas de condena, no son pocos quienes advierten que la acusación constitucional que prepara la oposición podría abrir una nueva etapa de enfrentamiento entre el Congreso y los tribunales.

La hipótesis apunta a un eventual desplazamiento del conflicto: desde la responsabilidad del secretario de Estado por los decretos que concedieron los beneficios hacia la actuación de magistrados que participaron en comisiones de reducción de condenas o en decisiones judiciales favorables a su otorgamiento.

Por ahora, se trata de un escenario que se comenta y analiza en esos círculos, especialmente por declaraciones que se han conocido en los últimos días de sectores como republicanos o libertarios que apuntan a la evaluación de presentar acusaciones contra jueces, algo que no han querido confirmar oficialmente.

Sin embargo, quienes siguen las tratativas describen una inquietud compartida desde posiciones políticas distintas. En abogados cercanos a la izquierda preocupa que la ofensiva contra Rabat termine proporcionando argumentos para una respuesta dirigida contra magistrados reconocidos con sensibilidades más progresistas o cercanas a ciertos sectores de la antigua concertación.

En parte de la derecha, en cambio, se observa la posibilidad de ampliar el examen de responsabilidades y llevar la discusión hacia quienes intervinieron en otras etapas del procedimiento. Incluso nombres como Jorge Zepeda o Leopoldo Llanos.

El punto de encuentro entre ambas lecturas es el precedente que podría instalarse con la acusación constitucional a Fernando Rabat.

Una controversia que podría cambiar de destinatario

La oposición está delineando una acusación contra Rabat que considera, entre otros fundamentos, una eventual infracción o “inejecución” de la ley, cuestionamientos relacionados con obligaciones internacionales y una posible falta a la probidad por la información entregada al Congreso.

La lectura que circula entre abogados es que parte de esa discusión podría ser recogida por sectores interesados en revisar actuaciones judiciales vinculadas con las rebajas de condena, asociando algunos de los jueces con sensibilidades de izquierda más que de derecha.

Bajo esa hipótesis, la controversia dejaría de concentrarse exclusivamente en la decisión administrativa del Ministerio de Justicia. También se intentaría examinar la intervención de integrantes de las cortes de Apelaciones y, eventualmente, de la Corte Suprema.

La diferencia jurídica que impide un traslado automático

La hipótesis política, sin embargo, tendría un límite jurídico relevante, según explicaron abogados a este medio. Las causales para acusar a un ministro de Estado y a un magistrado son diferentes. En el caso de los integrantes de los tribunales superiores de justicia, la Constitución contempla el notable abandono de deberes. Por lo tanto, los fundamentos de una acusación contra Rabat no pueden trasladarse sin más a una acción contra jueces.

También existe una distinción que resulta central para este debate: si es que los magistrados actuaron jurisdiccionalmente, es decir, dentro de sus funciones plenas como juez de la República, o lo hicieron administrativamente. Este punto es relevante, ya que ahí sí podría tener un rol activo la Contraloría General de la República.

Y es que participar en una comisión, suscribir una resolución o sostener una determinada interpretación legal no demuestra, por sí solo, una responsabilidad constitucional, dependiendo de cómo se interprete el punto. En la discusión parlamentaria sobre acusaciones a magistrados se ha advertido precisamente sobre el riesgo de convertir este mecanismo en una revisión política del contenido de los fallos.

El riesgo que observan desde la izquierda y la derecha

Entre quienes miran con cautela este escenario desde la izquierda, el temor es que el conflicto permita instalar una revisión selectiva de decisiones judiciales y termine afectando la independencia de los tribunales.

En sectores de derecha, según la misma lectura, el argumento sería otro y es que, si se cuestiona la legalidad de los beneficios, el análisis debería alcanzar a los distintos actores que intervinieron en su concesión.

¿Qué jueces estarían en la mira?

Desde ayer corre una lista con nombres de ministros de corte o Suprema que han participado en comisiones o han tenido un rol. El listado está encabezado por Leopoldo Llanos, ministro de la Corte Suprema, quien es mencionado en la minuta por su integración de la Segunda Sala y su participación en fallos sobre rebajas de condena.

Luego le sigue Jorge Zepeda, ministro de la Corte Suprema, el que figura entre los eventuales destinatarios de una ofensiva, aunque el documento no individualiza una actuación concreta.

Otro nombre es Raúl Mera Muñoz, que actualmente está como ministro del Tribunal Constitucional y ostenta en su currículum el rol de exministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, por lo que es mencionado por haber presidido la comisión de reducción de condenas en 2022 en dicha corte.

Mario Gómez Montoya, actual ministro del Tribunal Constitucional, al igual que Mera, es exministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Él aparece por haber presidido la comisión en 2023.

La ministra Maritza Villadangos, integrante de la Corte de Apelaciones de Santiago, es mencionada por haber presidido la comisión en 2025. En las minutas internas que circulan se alude a que actualmente forma parte de la quina para integrar la Corte Suprema.

Eliana Quezada, ministra de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, figura por haber presidido la comisión en 2023.

Dentro de las listas aparece Alejandra Pizarro, ministra de la Corte de Apelaciones de San Miguel, incluida por haber presidido la comisión en 2022 y 2023 que rebajó condenas a delincuentes rematados.

Patricio Martínez, ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago y anteriormente de San Miguel, es mencionado por haber presidido la misma comisión en que estuvo Pizarro, pero en los años 2024 y 2025.

Silvana Donoso Ocampo, ministra presidenta de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, figura en la minuta por haber presidido la comisión de reducción de condenas en 2025. La magistrada ya enfrentó cuestionamientos en 2020 por su participación en la decisión que concedió la libertad condicional a Hugo Bustamante, conocido como el “sicópata del tambor”, quien posteriormente asesinó a la adolescente Ámbar Cornejo.

Según antecedentes que se han conocido en el marco de la investigación de la Fiscalía, durante la tramitación de la acusación constitucional contra la magistrada en 2020 se habrían desplegado gestiones de lobby político coordinadas por su hermano, el abogado Samuel Donoso, que también indagado por el Ministerio Público, junto con Luis Hermosilla, para buscar apoyos y que esa acusación no prospere.

Otro de los nombres que salen en la lista es Rodrigo Cortés Gutiérrez, vinculado en la minuta a las cortes de Apelaciones de Valparaíso y Concepción durante los períodos señalados. Él es mencionado por haber presidido la comisión de Valparaíso en 2025 y la de Concepción en 2026.

Waldemar Koch Salazar, ministro de la Corte de Apelaciones de Concepción, figura por haber presidido la comisión en 2024. Koch es actualmente ministro en visita en las investigaciones ligadas a violaciones de derechos humanos ocurridas en dictadura.

Gloria Negroni, ministra de la Corte de Apelaciones de La Serena, es mencionada por haber presidido la comisión en 2024, y que estuvo investigada por viajes al extranjero con licencia médica.

De esa misma corte, la segunda más antigua del país, está Marcela Sandoval, quien aparece por haber presidido la comisión el año 2023.

Tres ministros de la Corte de Rancagua también están en las minutas que circulan. Jorge Fernández Stevenson es incluido por haber presidido la comisión en 2022 y 2023, mientras que Michel González Corvalán presidió la comisión en 2024. El año que está en curso lo hizo Ricardo Pairicán.

EL rol administrativo de los jueces

Uno de los puntos por esclarecer es en qué calidad intervinieron los magistrados en estas comisiones: si ejercieron funciones jurisdiccionales o si actuaron en el ámbito administrativo del Poder Judicial. La respuesta depende de la naturaleza de la actuación, las atribuciones con que se realizó y el procedimiento aplicado. Esa distinción también incide en qué controles corresponden y cómo podrían examinarse eventuales responsabilidades.

Sobre la comisión que recomienda rebajas de condena, existen opiniones distintas. Se puede sostener que cumple una función administrativa, pero también hay argumentos para considerarla una especie de tribunal. Para despejar la discusión, sostienen que habría que revisar los fallos de la Corte Suprema que se han pronunciado sobre esta instancia, pero en esos casos, señaló una fuente, es contradictorio incluso cómo se aborda o establece.

La diferencia es relevante para determinar el alcance que podría tener la Contraloría. Si la comisión ejerce una función administrativa, podría eventualmente tener injerencia la Contraloría. Si, en cambio, actúa como tribunal, sus decisiones no serían revisables por la Contraloría. Sin embargo, más allá de la resolución final, antes y después de cada pronunciamiento hay procedimientos administrativos que sí pueden ser fiscalizados, agregó una fuente que conoce sobre el tema.

Por ejemplo, se podría contrastar la información que Gendarmería entregó sobre la conducta de una persona condenada con los propios registros del servicio y de esa forma verificar si era efectivamente intachable o si tenía anotaciones por riñas u otros hechos dentro del penal. También cabe revisar cómo el Ministerio de Justicia aplicó las decisiones y si hubo casos en que rebajó una condena invocando un pronunciamiento favorable de la comisión que, en realidad, había sido negativo.

La comisión está exenta de la toma de razón de la Contraloría, como ocurre con esta materia desde hace años. Esa exención no constituye, por sí sola, un error ya que es someter a ese control una decisión que se ejecuta administrativamente, pero que podría tener carácter jurisdiccional, podría contravenir la ley orgánica de la Contraloría. La fiscalización, en todo caso, puede abarcar los procedimientos administrativos que rodean cada resolución.