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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El Gobierno ingresó un proyecto de ley que fortalece las facultades de la Contraloría General de la República con nuevas herramientas para su rol fiscalizador. Se busca mejorar la probidad e integridad pública, permitiendo a la CGR solicitar información financiera directamente a instituciones bancarias, establecer reglas de responsabilidad administrativa, y facultarla para requerir la remoción de autoridades locales por vulneraciones graves.

A través del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (Segpres), el Gobierno ingresó el pasado viernes un proyecto de ley que fortalece determinadas facultades de la Contraloría General de la República (CGR), a través de nuevas herramientas para su rol fiscalizador.

La ministra de la Segpres, Macarena Lobos, sostuvo que “hemos estado trabajando con la Contraloría recogiendo parte importante de las propuestas que realizó el organismo fiscalizador, así como diversas propuestas parlamentarias orientadas a dotar de mayor eficacia el accionar del ente contralor”.

De esa forma, aseguró que “desde que llegamos al Gobierno, definimos como prioridad la probidad e integridad pública”, asegurando que en dicho contexto “se enmarca el presente proyecto, reafirmando el trabajo colaborativo y preocupación transversal por este tema”.

Entre otros, el proyecto del Ejecutivo propone que la Contraloría pueda solicitar directamente a cualquier institución bancaria o financiera información sobre operaciones financieras o de inversión que hayan realizado las entidades sujetas a su fiscalización.

Además, el proyecto establece nuevas reglas para asegurar el principio de responsabilidad administrativa, permitiendo incoar los respectivos sumarios respecto de personas que hubieren cesado en sus cargos dentro de los seis meses siguientes a ello, y aplicar las sanciones que correspondan, sin alterar las reglas de prescripción de la responsabilidad vigente.

Otra de las novedades de la iniciativa es el facultar a la CGR para que, en caso de constatar una vulneración grave al principio de probidad o de notable abandono de deberes por parte de un alcalde o gobernador, pueda requerir al Tribunal Electoral Regional o al Tribunal Calificador de Elecciones para que determine si procede aplicar la causal de remoción en el cargo.

Revisa las principales claves del proyecto ingresado por el Ejecutivo

1. Acceso a información financiera y bancaria institucional: Contraloría solicitará directamente a cualquier institución bancaria o financiera la información relativa a las operaciones financieras o de inversión que realicen o hayan realizado las entidades sujetas a su fiscalización. En caso de incumplimiento en la entrega de la información, la Comisión para el Mercado Financiero podrá aplicar sanciones. A su vez, los órganos sujetos a la fiscalización de la CGR deberán reportar mensualmente los saldos de todas las cuentas bancarias institucionales y cuentas de depósito de cualquier naturaleza; y poner a disposición esta información cuando se hagan inspecciones e investigaciones.

2. Responsabilidad de autoridades locales y regionales electas: En caso de constatar una vulneración grave al principio de probidad o un notable abandono de deberes por parte de un alcalde o gobernador regional, la Contraloría podrá requerir al Tribunal Electoral Regional o al Tribunal Calificador de Elecciones que determine si procede aplicar la remoción en el cargo. El Consejo de Defensa del Estado podrá asumir el patrocinio de remoción de la autoridad respectiva. En caso contrario, le corresponderá a la CGR asumirlo.

3. Corporaciones y asociaciones municipales y regionales: Se actualizará la ley orgánica de la Contraloría, incluyendo a las corporaciones municipales y regionales como órganos fiscalizables.

4. Nuevas reglas para asegurar la responsabilidad administrativa: Se establece que la responsabilidad administrativa no se extingue con el cese del cargo, facultándose a la Contraloría para incoar los sumarios respectivos respecto de las personas que hubieren cesado en sus cargos dentro de los seis meses siguientes, sin alterar las normas vigentes de prescripción de responsabilidad administrativa.

5. Modernización de los sumarios: Los sumarios administrativos instruidos por la Contraloría se desarrollarán en un expediente electrónico y todas las diligencias se llevarán a cabo, preferentemente, por medios electrónicos y/o digitales. Además, se establece que los sumarios se regirán por los principios de confidencialidad, celeridad, imparcialidad y perspectiva de género.