INDH actúa como querellante en este caso, donde se acusa a los funcionarios de intentar ocultar los hechos, alterando la denuncia que la propia víctima presentó en la comisaría.

El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó este miércoles una querella criminal por torturas en contra de cinco carabineros acusados de dar una golpiza al interior de una comisaría en Alto Hospicio en 2023.

Se trata de cuatro funcionarios que quedaron en prisión preventiva, además de un quinto imputado, que quedó con arresto domiciliario nocturno.

Cabe destacar que en la audiencia se prohibió a los medios de comunicación revelar las identidades de los imputados.

La Fiscalía los formalizó por tortura, falsificación de instrumento público y obstrucción a la investigación. Ello, por la golpiza de la que fue víctima una persona diabética en la Tercera Comisaría de Alto Hospicio en julio de 2023.

Al respecto, la sede de Tarapacá del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó una querella por tortura en esta causa.

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Dicho texto señala que “la víctima, mientras se encontraba bajo custodia y por haberse negado a firmar una declaración de constatación de lesiones y sin posibilidad de oponer resistencia o defenderse, fue objeto de graves agresiones físicas con el fin de castigarlo”.

En ese sentido, en el libelo se asegura que el propósito de la acción fue “doblegar” su voluntad.

INDH presenta querella contra carabineros por golpiza en Alto Hospicio

De acuerdo a los antecedentes recopilados, los funcionarios detuvieron a la víctima por el supuesto delito de violación de morada. Luego, la llevaron para la comisaría, donde la dejaron en los calabozos.

Y como el hombre se negó a firmar los documentos que acreditaban que no tenía lesiones, hicieron que las cámaras del lugar dejaran de grabar y lo agredieron.

De acuerdo a la querella, en la agresión utilizaron gas pimienta y un bastón retráctil. Después, la llevaron a constatar lesiones a un centro de salud.

Al día siguiente, presentaron al detenido en el Juzgado de Garantía de Alto Hospicio, que declaró ilegal su detención.

Una vez en libertad, la víctima fue a constatar lesiones por su cuenta a otro centro de salud, donde refrendaron sus heridas.

Después de recuperarse, el 4 de agosto, fue a la misma Tercera Comisaría a presentar una denuncia por la golpiza. Pero los involucrados retrasaron la tramitación de la denuncia y, además, alteraron su contenido en el sistema digital institucional.

De manera paralela, otro de los carabineros se introdujo en el sistema de registro de las cámaras de video, a fin de cerciorarse que la golpiza no se hubiera grabado, se indica en el libelo.

Por ello, además, extrajo una pieza del sistema, bajo el argumento de que supuestamente lo repararía, careciendo de autorización o facultades para ello.

Luego, en diciembre pasado, otro de los involucrados se dirigió a dos funcionarios que estaban de guardia el día de la golpiza, a fin de decirles que no relataran lo ocurrido.

SML aplicó Protocolo de Estambul

Cabe mencionar que, por instrucción del Ministerio Público, el Servicio Médico Legal (SML) aplicó el Protocolo de Estambul a la víctima. A través de este mecanismo, creado por la ONU para determinar casos de tortura y otros tratos crueles, se detectaron indicios de vulneraciones.

Al respecto, la jefa del INDH de Tarapacá, Lorena de Ferrari, señaló que la querella se presentó porque, a su juicio, los funcionarios de Carabineros actuaron fuera de todo protocolo institucional o mandato legal.

“Abusaron de su poder sobre una persona que se encontraba en total estado de vulnerabilidad”, acusó De Ferrari.

“La función pública que realiza Carabineros de Chile debe, necesariamente, cumplir altos estándares éticos, los cuales no pueden ser relativizados”, concluyó.

Destacar que tras conocerse la situación, desde Carabineros emitieron un comunicado público, donde indicaron que los funcionarios serán desvinculados de la institución.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)