La sexta jornada del juicio por el caso Corpesca, este lunes en el Tercer Tribunal Oral de Santiago, comenzará con la declaración del exsenador Jaime Orpis, que en forma voluntaria renunció a su derecho aguardar silencio.

La Fiscalía pide en su contra 21 años de cárcel por fraude al Fisco, cohecho e ilícitos tributarios, además de inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y multas.

Orpis habría recibido pagos mensuales desde Corpesca por un total de 254 millones de pesos y otros 48 millones de pesos de dos de sus asesores por trabajos al Senado.

Su abogado defensor, Sergio Rodríguez Oro, adelantó que su cliente va a reconocer aportes de al menos ocho empresas, pero sin una prestación a cambio.

Todo lo recaudado, según el profesional, era para la fundación que combatía la droga. Además señaló que Orpis quería la oportunidad de “dar a conocer su versión de los hechos”.

Son 320 los testigos que se presentarán en el juicio, es decir, para llegar a una sentencia se deberá esperar al menos unos siete meses.

La fiscal que investiga este caso por fraude al Fisco, cohecho y delitos tributarios, Ximena Chong, se manifestó confiada ante las pruebas que recopiló en los últimos tres años.

Entre los testigos aparecía el ministro de Justicia, Hernán Larraín, quien la semana pasada renunció a comparecer ante los cuestionamientos por la incompatibilidad de su cargo y la diligencia.

En la lista ofrecida por la defensa de Orpis está además el ministro Juan Andrés Fontaine, los senadores Juan Antonio Coloma y Jorge Pizarro, y los excongresistas Fulvio Rossi y Pablo Longueira, e incluso el presidente del directorio del grupo Angelini, Roberto Angelini.

Los otros acusados en el juicio son la exdiputada Marta Issasi, el exasesor de Orpis, Raúl Lobos, y la pesquera del grupo Angelini como persona jurídica.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)