La Corte Suprema acogió el recurso de amparo presentado a favor del periodista italiano Lorenzo Spairini, profesional que fue expulsado del país el 4 de febrero pasado por su eventual vinculación con actividades antisistémicas.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Haroldo Brito, Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm– revocó la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó el recurso presentado en contra de la resolución exenta dictada por la Intendencia de la Región Metropolitana, la cual decretó la expulsión del país de Lorenzo Spairini.

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La sentencia del máximo tribunal establece el actuar arbitrario de la autoridad administrativa al no entregar fundamentos suficientes para proceder a expulsar al profesional de la prensa.

“Atendiendo a estos conceptos y para lo que ha de resolverse, es menester asentar que el Informe Policial N° 476 que sirve de antecedente a la resolución recurrida y la propia Resolución Exenta N° 77/2017, si bien refieren la participación del amparado en “actividades antisistémicas”, carecen de una descripción fáctica de la conducta que se le atribuye, consistente en hechos positivos y objetivos concretos, que permitan sustentar que la permanencia en Chile del amparado sería contrario a los intereses de Chile o constituiría un peligro para el Estado”, sostiene el fallo.

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La resolución agregó que, “en el escenario descrito, resulta que la resolución que motiva el recurso carece de motivación fáctica, transformando el acto administrativo en una mera afirmación de autoridad, sin respaldo y sin dar al afectado posibilidad alguna de ejercer sus defensas, lo que resulta inaceptable en cualquier actuación de la Administración Pública. Por las razones explicitadas, la resolución impugnada es ilegal y resulta, además, arbitraria; de modo que con su pronunciamiento se ha conculcado la libertad personal del amparado”.

En ese contexto, el fallo recalcó que al dejar sin efecto la resolución del 19 de enero de 2017 dictada por la Intendencia Regional Metropolitana, al ciudadano italiano no le afecta ninguna prohibición para reingresar a Chile.