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Un trabajador puede recurrir al autodespido, o despido indirecto, cuando su empleador incumple el contrato laboral o realiza conductas graves como falta de probidad, acoso sexual, agresiones físicas o verbales, entre otras. En caso de demostrar la causal invocada, la empresa deberá indemnizar al trabajador por años de servicio y otros conceptos. La Dirección del Trabajo establece que el empleado debe comunicar por escrito al empleador su autodespido, con copia a la Inspección del Trabajo, y tiene hasta 60 días hábiles para demandar a la empresa ante los tribunales. En el caso de no poder probar las causas, se considerará renuncia del trabajador, y en ciertas situaciones deberá ser el empleado quien deba indemnizar al empleador por los perjuicios.

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El autodespido, o despido indirecto, es un procedimiento que puede aplicar un trabajador, siendo él quien determina poner fin a su vínculo laboral.

En términos simples, permite al empleado terminar su relación contractual con su lugar de trabajo si es que este no cumple con lo estipulado en el contrato laboral o incurre en las siguientes conductas graves:

-Falta de probidad.
-Acoso sexual.
-Agresiones físicas o verbales.
-Injurias.
-Actos u omisiones que afecten la seguridad o salud de los trabajadores.
-Conducta inmoral o acoso laboral.

Luego, si en el proceso legal que conlleva el autodespido el trabajador tiene cómo comprobar la causal que invocó, la empresa deberá indemnizarlo por los años de servicio y entregarle otros pagos, según corresponda (por ejemplo, por concepto de vacaciones, horas extras, indemnizaciones, entre otros).

En la Dirección del Trabajo (DT) indican que el trabajador, para autodespedirse, deberá comunicarlo por escrito al empleador, con copia a la Inspección del Trabajo respectiva, indicando las causales y los hechos en que se basa.

“El trabajador tiene un plazo de 60 días hábiles desde la terminación de los servicios para demandar” a la empresa o empleador (invocando a las causales ya mencionadas) ante los tribunales de justicia.

Y ese plazo se ampliaría a un máximo de 90 días hábiles si el trabajador presenta un reclamo ante la Inspección del Trabajo.

Luego, si la justicia determina que fue válido el autodespido, la persona “tiene derecho a percibir la indemnización sustitutiva de aviso previo y la indemnización por años de servicio, en caso de corresponder”.

En paralelo, Grupo Defensa mencionó en su sitio web que dependiendo de la causal del despido indirecto, la indemnización puede ser aumentada entre un 50% y 80%.

Ahora ¿qué pasa si la persona no tiene pruebas de las causas por las que se solicita su autodespido?

“Si no se logra comprobar los hechos, se asume la terminación de contrato por renuncia del trabajador. En el caso específico de acusar por acoso sexual, el trabajador estará obligado a indemnizar los perjuicios que le cause al empleador”, puntualizó Grupo Defensa.