En caso de presentar la declaración de impuestos fuera de la fecha correspondiente, las personas pueden verse afectas a multas que van desde el 10% al 30% de lo adeudado, y que incluso pueden llegar a casi $780 mil pesos.

¿Qué pasa si no hago la declaración de impuestos ahora?

Esta es la pregunta que pueden realizarse varias personas en la previa a la Operación Renta 2024. Si bien la declaración puede realizarse fuera de plazo, el no ser responsable con los pagos de impuestos puede acarrear fuertes multas, las cuales se agravan conforme más pase el tiempo.

Según detalló la Defensoría del Contribuyente (Dedecon), quienes no paguen sus obligaciones tributarias en el plazo correspondiente “se verán afectados con multas, reajustes e intereses, dependiendo si le correspondía pagar impuestos (desde el 10% al 30% de lo adeudado y 1,5% más por mes de retraso)”.

Dedecon detalla las consecuencias de no pagar impuestos en fecha correspondiente

“En caso de que la o el contribuyente tuviera una devolución a favor o una declaración “calzada” (sin pago ni devolución), la sanción económica puede variar desde 1 UTM hasta 1 UTA (entre $64.793 y $777.516, a marzo de este año)“, añadieron.

Y para tener aún más en consideración; el Servicio de Impuestos Internos (SII) podrá iniciar un proceso de fiscalización y girar los impuestos que correspondan.

De esta forma, la persona quedaría con una “deuda tributaria”, que irá en reajuste por el IPC, los intereses y multas. Si es que la persona solicita en el futuro devoluciones a su favor, serán usadas para pagar la deuda.

Por todo esto, el defensor nacional del contribuyente, Ricardo Pizarro, enfatizó en que “es fundamental estar al tanto de las obligaciones tributarias y cumplir con los plazos definidos. Por eso, para facilitar este proceso, es importante que revisen la propuesta de Formulario 22 ante eventuales observaciones por errores o falta de información“.

¿Cómo regularizar esta situación?

Se debe presentar la declaración de impuestos de forma normal y, en caso de existir diferencia u observaciones, se debe acudir a una oficina del SII con toda la documentación que respalde y demuestre que se completó el trámite.

El defensor Ricardo Pizarro, recordó que los contribuyentes tienen el derecho de rectificar sus declaraciones e impugnar las actuaciones del SII, en caso de que estimen que se ven “vulnerados sus derechos o tales actuaciones infrinjan la ley”.

“Si tienen alguna duda o inconveniente para el correcto cumplimiento tributario, pueden acudir a nuestra Defensoría y solicitar orientación sobre la Operación Renta en forma gratuita y especializada a través de www.dedecon.cl”, concluyó Pizarro.