La Corte Suprema confirmó la sentencia contra Ripley por prácticas discriminatorias. A partir de la Ley de Protección al Empleo en 2020, la empresa decidió ofrecer incentivos a determinados trabajadores para que firmaran un pacto de suspensión temporal de los contratos.

La Corte Suprema confirmó la sentencia contra Ripley Store Limitada por vulnerar el derecho fundamental de no discriminación.

Todo surge en 2020, a propósito de la dictación de la Ley de Protección al Empleo.

De acuerdo a la acusación, la empresa desarrolló presiones indebidas con el objeto de que los trabajadores firmaran el pacto de suspensión de relación laboral, a pesar de que los sindicatos querían lograr un mayor beneficio.

Como dicho acuerdo no se alcanzó, la denunciada decidió ofrecer directamente determinadas condiciones a algunos empleados.

Al ofrecer incentivos sólo a un determinado grupo, se determinó que Ripley Store Limitada -hoy Comercial ECCSA S.A.- incurrió en prácticas lesivas del derecho a la no discriminación.

En ese sentido, se le obligó al pago de una multa de 100 UTM -cerca de 6,3 millones de pesos- y a entregar el Bono Marzo a todos los trabajadores que suscribieron el pacto y a los que no lo hicieron.

El fallo contra Ripley por discriminación: