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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El Sernac ofició a Subtel para indagar por incumplimientos en uso de prefijos 809 y 600 por compañías telefónicas. Se sospecha que algunas empresas no están respetando normativa sobre uso de prefijos para llamadas masivas no solicitadas. Se menciona que ciertas compañías mantienen bloqueado por defecto el prefijo 809, lo que dificulta a consumidores recibir comunicaciones de otros operadores, afectando la portabilidad y elección de planes.

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) decidió oficiar a la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) para saber si están realizando investigaciones por “eventuales incumplimientos” en el uso de los prefijos 809 y 600 por parte de compañías telefónicas.

Específicamente, el Sernac dijo estar en conocimiento que una o varias empresas estarían bloqueando el prefijo 806 de forma “automática” en los dispositivos de sus clientes, complicando así las llamadas de otras compañías que ofrecen portabilidad o servicios.

Desde mediados de agosto de 2025 que entró en vigencia una resolución de la Subtel que obligó el uso del prefijo 809 en aquellas llamadas de entidades que no tienen un vínculo comercial o financiero con una persona y que, por ende, no se ha autorizado ni pedido la comunicación.

Por el contrario, las llamadas con prefijo 600 son de entidades con una relación comercial, y que sí cuentan con autorización.

Sernac acusa a compañías de telecomunicaciones y exige antecentes a Subtel

Bajo este contexto, el Sernac afirmó -sin dar nombes en específico- que “una o más compañías estarían incumpliendo la normativa”, recalcando que están en conocimiento que habrían implementado un “mecanismo digital que mantendría preseleccionado por defecto el bloqueo del prefijo 809”[/destacador].

De esta forma, y sin que lo sepan los consumidores, se dificultaría “que sus clientes reciban comunicaciones de otros operadores”, con sus posibles consecuencias y afectación a procesos de portabilidad y afectando la “libre elección, la información transparente, la competencia y el tratamiento de datos personales de los consumidores, entre otras implicancias”.

“A través del oficio, el Sernac le solicitó a Subtel una serie de antecedentes, entre ellos, si la entidad reguladora está realizando alguna investigación respecto de esta temática, las implicancias jurídicas de estas posibles acciones, si ya ha tomado acciones respecto de las empresas involucradas, entre otros.

Tras la respuesta del regulador, el Servicio adelantó que podrían tomar medidas individuales o colectivas en contra de las empresas, si es que se detectan incumplimientos de los operadores.

Con la resolución de la Subtel emitida el año pasado, se buscó dar certeza sobre las llamadas que reciben las personas en Chile, filtrando aquellas que puedan ser de carácter masivo -o molesto, tipo llamadas spam-, de aquellas comunicaciones con una empresa que se contrató un servicio o no

Esto, sin embargo, también conllevó que las llamdas de cobranzas extrajudiciales fueran rechazadas. Así, la Asociación Gremial de la Industria del Retail Financiero presentó una acción judicial donde argumentó que ese tipo de contactos no se pueden catalogar como publicidad ni como spam.

Finalmente, la Corte Suprema acogió el recurso legal y dispuso que este tipo de comunicaciones dejen de tener los prefijos citados previamente y vuelvan a tener números “normales.