Se trata de una medida que afectará a al menos 60 actividades económicas que actualmente no pagan ese impuesto.

Luego de que el martes el gobierno arremetiera contra los gremios que solicitaron la postergación en la aplicación del IVA a servicios desde el 2023, el Ministerio de Hacienda confirmó la jornada de este miércoles que no postergará esta medida.

El ministro Mario Marcel reiteró sus cuestionamientos a las agrupaciones gremiales por “no haberse preocupado antes” y adelantó que su equipo tributario aún está recopilando los antecedentes.

Según lo indicó el Diario Financiero, fue en una comisión del ministerio donde el secretario de Estado reiteró sus reparos a que se pida “a última hora” la postergación de la puesta en marcha.

Por otra parte, Marcel reveló que el Servicio de Impuestos Internos (SII) envió “miles de correos” a contribuyentes avisando la entrada en vigencia de esta medida.

Aplicación del IVA a servicios en 2023

La resolución a la que hace referencia el titular del SII es la N° 115, del 30 de noviembre, que instruye el procedimiento para el registro de las sociedades profesionales que estará vigente entre el primero de enero de 2023 y el 30 de junio de ese año.

Para poder acceder al presente procedimiento, será necesario que el contribuyente cumpla con los siguientes requisitos.

– Solo podrán acceder las sociedades de personas, de responsabilidad limitada o colectivas civiles.
– Todos sus socios deben ser personas naturales o sociedades de profesionales, no siendo requisito adjuntar los títulos profesionales o no profesionales de cada uno de los socios.
– No haber emitido documentos afectos a IVA a contar del primero de enero de 2022.

Otras de las instrucciones es que las sociedades de personas que requieran registrarse como sociedades de profesionales deberán realizar este trámite, por única vez.

Lo anterior, a través de la aplicación especial “Registro extraordinario de sociedades de profesionales”, disponible en el sitio web del SII.