El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que las farmacias municipales, o populares, están liberadas del pago de impuestos de primera categoría y de la declaración anual obligatoria.

A través de un oficio, el director de la entidad, Fernando Barraza, explicó que “la renta derivada de la venta de medicamentos y otros insumos destinados a la protección y recuperación de la salud adquiridos por una municipalidad para su reventa sin un ánimo o fin lucrativa, no proviene de una empresa y no proviene de una actividad comercial”.

Según detalló Diario Financiero, este tipo de establecimientos cumplen con lo exigido con la Ley de Impuestos a la Renta, por lo que se eximen del pago y la declaración.

“El ánimo de reventa necesariamente debe ir acompañado del afán de obtener una ganancia. Por el contrario, las compras hechas con el ánimo de reventa pero sin intención de lucro no revisten el carácter de mercantiles”, se profundizó en el documento.

En la misma línea, y citando una resolución de Contraloría, aseguraron que no existe fin de lucro en la venta de estos productos, por lo que no se configura una empresa.