Los Consejeros y Consejeras, en declaración pública, llaman a sus pueblos y a la comunidad en general a no participar de la Encuesta en línea.

Además rechazan la convocatoria a un proceso para realizar una Ley de Patrimonio Indígena como el que se haga un proyecto paralelo a una Ley de Patrimonio Cultural.

En la declaración pública, las y los Consejeros denuncian que la Encuesta en línea del Ministerio de las culturas, las Artes y el Patrimonio va contra las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derecho Humanos, de:

“Abstenerse de promover iniciativas legislativas y/o avances en la implementación de proyectos productivos y/o extractivos en los territorios de los pueblos indígenas durante el tiempo en que dure la pandemia, en virtud de la imposibilidad de llevar adelante los procesos de consulta previa, libre e informada (debido a la recomendación de la OMS de adoptar medidas de distanciamiento social) dispuestos en el Convenio 169 de la OIT y otros instrumentos internacionales y nacionales relevantes en la materia”.

Por último, rechazan el proyecto de Ley de Patrimonio, ingresado hace 10 meses al Congreso, como una Indicación Sustitutiva, pues consideran que no ha habido procesos participativos reales ni tampoco Consulta Previa.

Declaración Pública

A nuestras Naciones Originarias preexistentes al Estado Chileno, a las Comunidades y Asociaciones Indígenas, a la opinión pública en general, las Consejeras y Consejeros Indígenas de los Consejos Regionales y Nacional del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, declaramos lo siguiente:

Bien es sabido que este Ministerio lleva algún tiempo trabajando en la creación de una nueva Ley de Patrimonio Cultural para Chile que busca reemplazar la actual ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales, proceso que consideramos transgrede los derechos de los Pueblos Originarios, ya que desde su primer momento ha estado viciada por no contemplar una real participación ciudadana, siendo la más preocupante la no realización de una Consulta Previa, libre e informada a los pueblos indígenas, tal como lo indica el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo – OIT.

Como consejeras y consejeros regionales y nacionales, fuimos convocadas/os, para el 14 del presente mes, por la Subsecretaria del Patrimonio Cultural para una reunión de carácter informativa, la que se realizó a través de una plataforma virtual, y en la que se nos puso al tanto del proceso actual del proyecto de Ley, y a su vez se nos indicó que no se realizará una Consulta Previa, debido a la emergencia sanitaria que como país atravesamos. Ante lo cual, solicitamos al gobierno que informe pronto y de manera oficial, a la comunidad y al país.

La respuesta unánime de las y los consejeros fue exigir que se respete la resolución 1-2020 de la Comisión Interamericana de Derecho Humanos, que indica en su párrafo 57 que los Estados debieran:

“Abstenerse de promover iniciativas legislativas y/o avances en la implementación de proyectos productivos y/o extractivos en los territorios de los pueblos indígenas durante el tiempo en que dure la pandemia, en virtud de la imposibilidad de llevar adelante los procesos de consulta previa, libre e informada (debido a la recomendación de la OMS de adoptar medidas de distanciamiento social) dispuestos en el Convenio 169 de la OIT y otros instrumentos internacionales y nacionales relevantes en la materia”.

Por lo cual consideramos lo siguiente:

1.- Nuestro rol de Consejeros y Consejeras regionales y nacionales indígenas no nos faculta para ejercer representación de nuestros pueblos en la denominada Consulta Indígena tal como lo señala el Convenio 169 de la OIT artículo 6.a. “Consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus Instituciones Representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente”.

2.- Ante la modificación de la Ley de Monumentos Nacionales, ahora llamada Ley de Patrimonio, solicitamos ejercer nuestro derecho como pueblos de ser consultados, pues nuestra existencia como tales depende de la base territorial, cultural, social de la que somos herederos y herederas y que para nosotros y nosotras viene siendo nuestro Patrimonio, ya
se considere material o inmaterial, de acuerdo a lo establecido en el Art. 6 y siguientes del Convenio 169 de la OIT.

3.- Frente a la propuesta de trabajar en una Ley de Patrimonio Indígena paralela a Ley de Patrimonio, manifestamos nuestro rechazo, pues no sabemos si efectivamente se legislará posteriormente acorde a nuestros intereses como Pueblos Originarios, aun cuando sabemos que necesitaremos de Consulta Previa para poder determinar qué es Patrimonio para cada uno de los 9 Pueblos Naciones reconocidos por la Ley 19.253, sin considerar dos Pueblos Naciones que están en proceso de reconocimiento.

4.- Consideramos que sería un acto de división y exclusión, el que se trabajará una Ley de Patrimonio Indígena paralela a la Ley de Patrimonio, ya que el fin de resguardar el patrimonio material e inmaterial se está dando en este minuto y tiempo y debe incluir a todas las naciones preexistentes de este país. El actual proyecto, que se encuentra en trámite en el Congreso Nacional, no solo invisibiliza el patrimonio de los pueblos originarios, sino que se lo apropia, señalando que existe un solo Patrimonio Nacional. Lo que significaría una apropiación de nuestros Patrimonios.

5.- Desconocemos la encuesta online denominada “Hacia una Ley del Patrimonio Cultural” que lanza el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio sobre proyecto de Ley de Patrimonio y entendemos que no es una consulta indígena pues no es la forma pertinente de hacerla, frente a lo cual solicitamos a nuestras hermanos y hermanas y a la comunidad en general a no confundirla y el llamado es a no participar de esta, tanto a nuestros hermanos como a la comunidad en general porque no ha contado con los procesos participativos con los estándares correspondientes (consulta previa y la participación ciudadana).

6.- Solicitamos se entienda y se aborde los Patrimonios Indígenas desde lo establecido en el Convenio 169 de la OIT, donde expresa que Patrimonio y Territorio son inseparables, como el territorio es inalienable ergo el patrimonio también:

“1. Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente.

2. El mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo y del nivel de salud y educación de los pueblos interesados, con su participación y cooperación, deberá ser prioritario en los planes de desarrollo económico global de las regiones donde habitan. Los proyectos especiales de desarrollo para estas regiones deberán también elaborarse de modo que promuevan dicho mejoramiento.

3. Los gobiernos deberán velar porque, siempre que haya lugar, se efectúen estudios, en cooperación con los pueblos interesados, a fin de evaluar la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medio ambiente que las actividades de desarrollo previstas puedan tener sobre esos pueblos. Los resultados de estos estudios deberán ser considerados como criterios fundamentales para la ejecución de las actividades mencionadas” [Articulo N°7, Convenio 169 de la OIT]

Finalmente, de acuerdo a todo lo expuesto, exigimos el cumplimiento de los Derechos Humanos Indígenas internacionales de lo que como pueblos gozamos y que se encuentran vigentes en Chile, a través del Convenio 169 de la OIT, Tratado Internacional de Derechos Humanos Indígenas.

También hacemos un llamado a todos nuestros hermanos y hermanas, del Pueblo Rapa Nui, del Pueblo Kawéskar, del Pueblo Yagán, del Pueblo Colla, y del Pueblo Tribal Afrodescendiente chileno, recientemente reconocido por el Estado de Chile, y a la comunidad chilena en general, a sumarse a esta declaración y rechazar de manera categórica el proceso de creación de esta ley y su indicación sustitutiva inconsultos que quieren ingresar con premura, y que exigimos suspender de acuerdo con lo antes mencionado (Resolución 1-2020, Comisión Interamericana de Derechos Humanos).

Consejeros Regionales y Nacionales
Jacqueline Bustillos Mamani, Consejera Regional Arica y Parinacota
Jorge Moya Riveros, Consejero Regional Tarapacá.
María García Gómez, Consejera Regional Antofagasta.
José Rojas Piñones Consejero Regional Atacama.
Arsenia Apala Mamani, Consejera Regional Valparaíso.
Olga Martínez Pinto, Consejera Región Metropolitana.
Vilma Leiva Huanca, Consejera Regional O’Higgins.
Fernanda Ríos Pitripán, Consejera Regional Maule.
Francisca Portiño Huenuán, Consejera Regional Ñuble.
Denise Silva Quichel, Consejera Regional Biobío.
Rosa Millaqueo Curihual, Consejera Regional Araucanía.
David Jara Lleufo, Consejero Regional Los Ríos.
Luz Gonzalez Maichil, Consejera Regional Los Lagos.
Jaime Rain Ayamanti, Consejero Regional Aysen.
Jessica Pérez Vargas, Consejera Regional Magallanes y Antártica chilena.
Marlene Huanchicay Huanchicay, Consejera Nacional.
Pedro Mariman Quemenado, Consejero Nacional.

15 de mayo de 2020