La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el procesamiento de civiles en el caso Laja-San Rosendo, al confirmar lo resuelto en primera instancia por el ministro Carlos Aldana, que había desechado la responsabilidad de ejecutivos vinculados con la CMPC en los asesinatos de 19 trabajadores de la papelera y de Ferrocarriles en 1973.

Por falta de antecedentes, la Primera Sala del tribunal de alzada penquista confirmó la decisión de primera instancia, que rechazó los procesamientos de Pedro Jarpa Forester y Roberto Izquierdo Menéndez, a quienes el Programa de Derechos Humanos y los querellantes buscan inculpar en esta emblemática causa.

El abogado del Ministerio del Interior, Patricio Robles, adelantó que acatarán lo decidido por la Corte de Apelaciones de Concepción, pero adelantando que buscarán las pruebas para insistir en la solicitud y establecer la responsabilidad de los ex ejecutivos de la CMPC en los homicidios de la llamada masacre de Laja-San Rosendo.

En la resolución, sin embargo, el tribunal ordena al ministro Carlos Aldana realizar las diligencias que permitan establecer lo ocurrido tras las ejecuciones de los 19 trabajadores de la papelera y de Ferrocarriles, en cuanto a sus inhumaciones en el fundo San Juan, aspecto que el Programa de Derechos Humanos cree podría aportar al establecimiento de las responsabilidades de civiles en los crímenes.

Otra decisión de la Corte en el caso revocó el encauzamiento dictado contra 10 ex miembros de Carabineros por el delito de inhumación ilegal, aunque para Emilio Araneda, vocero de la Agrupación de Familiares de las Víctimas de Laja-San Rosendo, tanto la participación de uniformados como civiles está acreditada en el sumario.

El ministro Aldana había señalado que las diligencias en esta investigación estaban prácticamente agotadas, pero con este fallo el juez especial deberá seguir con el sumario y proceder a cumplir lo señalado por el máximo tribunal penquista.