Con más de una hora de retraso comenzó la vista de la libertad provisional entregada a Muhammad Saif Ur Rehman Khan (28), quien se encontraba con medidas cautelares de firma semanal, arraigo nacional y regional, lo que fue revertido luego de la apelación hecha por la Fiscalía Oriente, por lo que nuevamente quedó en prisión preventiva.

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Imagen: AP

El abogado de Saif Ur Rehman, Gabriel Carrión, se había manifestado confiado en mantener el dictamen del 4º Juzgado de Garantía, para mantener la libertad provisional de su defendido, sin embargo, hace pocos minutos la medida interpuesta por la Fiscalía Oriente fue acogida por el juzgado, por lo que deberá volver a prisión preventiva.

Recordemos que el joven fue formalizado por tenencia ilegal de explosivos, luego de que se le detectaran rastros de un explosivo llamado tetril, que sirve para potenciar el TNT en la embajada de Estados Unidos.

Durante la mañana de este jueves, la Fiscalía Oriente también apeló para revocar la resolución del tribunal.

También cabe señalar del Ministerio del Interior presentó una querella en el marco de la Ley Antiterrorista para hacerse parte de la investigación que realiza la Fiscalía Oriente en contra del ciudadano paquistaní.

Adjuntamos el argumento judicial:

En fallo dividido los ministros de la Octava Sala del tribunal de alzada Lamberto Cisternas, Gloria Ana Chevesich y la abogada integrante Regina Clark determinaron la prisión preventiva del ciudadano pasquistaní basado en el siguiente argumento.

“Con lo expuesto por los intervinientes y antecedentes aportados del sistema computacional; y teniendo en consideración que los artículos personales del imputado sometidos a pericia, ya sea aquellos que portaba el día de la detención o que se encontraron en su domicilio, de acuerdo a los informes dados a conocer por el Ministerio Publico en la audiencia, sólo pudieron contaminarse con la sustancias explosivas, TETRIL y TNT, mediante contacto directo, lo que permite presumir que el imputado se ha relacionado con personas que mantienen ilegalmente en su poder sustancias explosivas, por no contar uno y otras con la autorización competente de la Dirección General de Movilización Nacional; mientras que las explicaciones dadas por la defensa sobre la procedencia de las trazas y partículas de las sustancias explosivas son insuficientes para formar la convicción necesaria en esta etapa procesal; y teniendo además presente la sanción legal probable respecto del delito por el que el imputado fue formalizado, articulo 2° letra d) en relación al artículo 9° de la Ley de control de armas y no encontrándose acreditada la razón o motivo de la permanencia en Chile del imputado ni tampoco elementos de algún arraigo social mínimo, a juicio del Tribunal la libertad de MUHAMMAD SAIF UR REHMAN KHAN constituye un peligro para la seguridad de la sociedad”.

De este modo se revocó la determinación del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago que había dejado sólo con las medidas cautelares de arraigo regional y firma quincenal al imputada.

La decisión se adoptó con el voto en contra de la abogada integrante Clark quien era partidaria de confirmar la resolución del tribunal de garantía.