Las multas y excepciones en el Chile post bolsas plásticas en el comercio

Créditos: Ailén Díaz | Agencia UNO

Lunes 03 agosto de 2020 | Publicado a las 11:00 · Actualizado a las 11:52

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Este lunes 3 de agosto se cumplen dos años de la publicación en el Diario Oficial de la Ley 21.200, cuerpo legal que prohíbe la entrega de bolsas en el comercio.

De manera gradual, la normativa comenzó a cambiar la forma en la cual los consumidores transportaban los productos que compraban.

El primer afectado fue el retail y a partir de esta jornada, tal como estaba establecido, se suman las pequeñas y medianas empresas, almacenes y puestos de feria incluidos; los cuales no podrán entregarle bolsas plásticas a sus clientes.

No obstante, la ley sí considera una excepción y se podrán entregar estos contenedores cuando se trate de alimentos de contacto directo, como por ejemplo pan, verduras, frutas y pescados.

José Miguel Arriaza, director de la Escuela de Ingeniería, Minas y Sustentabilidad de la Universidad San Sebastián, recordó que quienes no cumplan con la normativa se exponen a multas de hasta 5 UTM por cada bolsa plástica entregada (1 UTM = $251.360 con el valor de agosto 2020).

Desde su puesta en marcha, la ley ha evitado el consumo de unos cinco mil millones de bolsas plásticas, según cifras entregadas por el Gobierno.

Con anterioridad, en Chile se usaban 3.400 millones de bolsas plásticas al año, lo que se traduce en cerca de 200 anuales por persona.

La fabricación de una bolsa demora tan solo un minuto, pero tarda 400 años en degradarse.

Esta normativa tuvo su inicio en acuerdos voluntarios de ciudadanos y ONGs, pero luego derivó en Michelle Bachelet anunciando ante Naciones Unidas la prohibición de las bolsas en 100 comunas costeras.

Con su retorno a La Moneda en marzo de 2018, Sebastián Piñera amplió el alcance de la idea a todo el comercio, a lo largo del país.

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