La Corte Suprema ordenó al Servicio de Salud Chiloé a indemnizar a la viuda de un paciente fallecido por falta de servicio en Ancud.

El máximo tribunal rechazó el recurso de casación interpuesto por el Servicio de Salud Chilé y le ordenó pagar una indemnización de 35 millones de pesos a la viuda de Carlos Díaz Díaz, quien falleció en el Hospital de Ancud en septiembre de 2005, por falta de servicio tras un procedimiento quirúrgico.

En fallo unánime, la Tercera Sala integrada por los ministros Pedro Pierry, Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval, Alfredo Pfeiffer y el abogado Jaime Rodríguez, confirmó la sentencia que ordenó indemnizar a Viola Mayorga Méndez.

El abogado Jaime Monsalves, jefe del Departamento Jurídico del Servicio de Salud Chilloé, confirmó que la Corte Suprema rechazó el recurso de casación interpuesto por la entidad.

Monsalves puntualizó que este hecho ocurrió en 2005 cuando el actual Servicio de Salud Chiloé aún era un dirección provincial que dependía del Servicio Llanquihue, Chiloé y Palena.

Carlos Díaz concurrió, en agosto de 2005, hasta el Hospital de Ancud para someterse a una intervención por cálculos a la vesícula, la que presentó complicaciones posoperatorias, las que fueron mal tratadas y terminaron provocando el fallecimiento del paciente, un mes después.

Después de 7 años de litigación, el fallo de la Corte Suprema confirmó la falta de servicio del recinto asistencial en el tratamiento de la patología, establecida en la sentencia de primera instancia, determinando falta de servicio en el actuar de los profesionales del Hospital de Ancud.