La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la decisión del ministro en visita Mario Carroza, quien dictó sobreseimiento parcial y definitivo de la causa contra el religioso Gerardo Joannon, por considerar que los hechos denunciados -adopciones ilegales en los años 70 y 80- se encuentran prescritos.

En fallo unánime, la Séptima Sala del tribunal de alzada ratificó el dictamen del ministro Carroza, del 18 de febrero pasado, por encontrarse extinguida la responsabilidad penal de Gerardo Joannon Rivera, en los delitos de falsificación de instrumento público y privado, suposición de parto y usurpación de estado civil.

La resolución señala que si los hechos acreditados fueron ejecutados en los años 1975 y 1983, y los delitos que ellos configuran se encuentran sancionados con penas de simples delitos, la acción penal en ambos casos se encuentra prescrita, y por ende, también la responsabilidad penal de Joannon Rivera.

Así como lo acreditó la justicia, la orden de los Sagrados Corazones también dio por comprobada la responsabilidad del sacerdote en las adopciones ilegales durante la Dictadura y por ello, ordenó al cura trasladarse a Argentina o someterse a la expulsión de la congregación. Según se sabe hasta ahora, Joannon se ha negado a dejar el país.

Lee también: Ezzati considera que traslado de Joannon a Argentina no se debe a una sanción