Fueron millones de personas que quedaron sin energía durante el megacorte en Chile, una falla en el suministro nacional que pudo afectar más de algún aparato electrónico, pudiendo sufrir daños o quemarse, ¿sabes cómo hacer un reclamo o quién responde ante esta situación?
Según información del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), ante irregularidades con las compañías, así como en la entrega del servicio, como en su regulación, el organismo encargado de velar por su correcta operación es la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
Este último organismo es el que también establece cuáles son los mecanismos de compensaciones en caso de cortes de suministro y afectación a electrodomésticos.
¿Qué hacer en caso de un artefacto quemado por un corte de luz?
En caso de que un electrodoméstico sufra daños producto de un corte eléctrico o un cambio de voltaje, las personas deben contactar a la empresa de distribución eléctrica, afirma el mismo sitio web de la Superintendencia.
Conforme a lo detallado, en esa instancia, el cliente afectado debe contar los detalles de lo ocurrido y solicitar una reparación por el artículo que resultó dañado, dentro de los primeros 6 meses, desde que resultó dañado.
Además, la entidad destaca que es importante presentar un certificado emitido por un servicio técnico autorizado por el fabricante que evidencie y de fe del daño, junto con el reclamo.
Al momento de presentar el reclamo o solicitud directamente ante la empresa, se sugiere exigir un comprobante de reclamo que incluya un número de ingreso y fecha de presentación.
Si la empresa generadora de electricidad no se hace cargo del problema dentro de 30 días, los clientes pueden elevar su reclamo en la Superintendencia de Electricidad.
Este trámite puede concretarse de forma presencial en oficinas de la SEC o a través de este sitio web.
Es importante contar con un comprobante entregado por la compañía y la boleta, si el reclamo es por cobro (incluir foto del medidor), o un informe técnico de los productos dañados (también se puede incluir evidencia audiovisual).
Cabe destacar que desde las diferentes empresas generadoras apuntan que solo pueden hacerse cargo de posibles daños cuando el origen de la falla esté relacionado a la infraestructura de las redes de distribución.
¿Qué otra cosa se puede hacer?
Desde el mismo organismo, detallan que en forma paralela, un cliente que haya visto afectado alguno de sus aparatos electrónicos en el corte de luz que dejó a gran parte de Chile a oscuras, también se puede concurrir al Juzgado de Policía Local de su comuna.
En esta instancia, se puede hacer una presentación de los hechos para que este organismo defina las responsabilidades y el monto a pagar, reparar o indemnizar, en el caso de que corresponda.
Para esta presentación, el afectado puede pedir el apoyo y orientación del Sernac y también cuenta con un plazo máximo de 6 meses, desde que ocurrió el evento que produjo la quema de algún artefacto eléctrico.