¿Alguien me puede explicar por qué el presidente José Antonio Kast quiere volver a escribir lo que ya está escrito? Porque uno trata de entender. De verdad que trata. Escucha el anuncio, lee la Constitución, vuelve a escuchar al Presidente y termina preguntándose cómo llegamos a esto. Einstein decía que había dos cosas infinitas: una era el universo. De la otra mejor no hablemos, porque esto no se trata de astronomía.
El Presidente anuncia, con toda solemnidad, una reforma constitucional para establecer expresamente el deber del Estado de proteger la seguridad de los chilenos. Suena fantástico, contundente, casi revolucionario. Hay un pequeño detalle: ya está, ya existe y ya está escrito.
El artículo 1°, inciso quinto, de la Constitución señala expresamente: “Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia…”. No hace falta un doctorado en Derecho Constitucional para entenderlo. Dice “es deber del Estado”. No dice “sería conveniente”, “cuando tenga tiempo” o “si las encuestas acompañan”. Dice deber. Punto.
Y por si alguien todavía tuviera dificultades, el artículo 24 vuelve a explicarlo: corresponde al Presidente de la República el gobierno y la administración del Estado, y su autoridad se extiende a todo cuanto tenga por objeto la conservación del orden público y la seguridad externa de la República.
Está escrito en castellano bastante sencillo. Entonces terminemos con el cuento: a la Constitución no le falta seguridad; al Gobierno parece faltarle una explicación para justificar por qué quiere incorporar algo que ya está incorporado.
Quizás por eso uno empieza a sospechar que esta reforma tiene bastante menos de constitucional y bastante más de comunicacional. Cuando los resultados no alcanzan, siempre queda el anuncio. Se prepara el escenario, se convocan las cámaras, se presenta “la gran reforma” y aparecen inmediatamente los palmeros: ¡Extraordinario, Presidente! ¡Ahora sí tendremos seguridad! ¡Por fin estará en la Constitución!
El pequeño inconveniente es que ya estaba. Ese es el problema de aplaudir antes de pensar y de convertir la política en un espectáculo donde importa más el titular del día siguiente que leer lo que dice la ley.
Porque cambiar una frase de la Constitución no pone un carabinero más en la calle, no recupera un barrio, no desarticula una banda criminal, no captura a un delincuente y no devuelve la tranquilidad a una familia. Pero permite hacer un anuncio, instalar un relato y tratar de convencer a los chilenos de que se está haciendo algo nuevo. Gobernar no es hacer publicidad de obligaciones que ya existen. Gobernar es cumplirlas.
Y aquí aparece una circunstancia que hace todo esto todavía más difícil de comprender: el Presidente es abogado. No estamos hablando de alguien que confundió el manual de instrucciones de una lavadora. Estamos hablando del Presidente de la República, abogado, anunciando una modificación de la misma Constitución que juró respetar y hacer respetar para agregarle una obligación que esa Constitución ya contiene.
Por otro lado, el artículo 8° del Código Civil establece un principio que cualquier estudiante de primer año de Derecho conoce: nadie puede alegar ignorancia de la ley después de que esta haya entrado en vigencia. Nadie. Ni usted, ni yo, ni un ministro y, con mayor razón, el Presidente de la República. En tribunales existe una expresión que viene como anillo al dedo para esta situación: “Pida lo que en derecho corresponda”. Traducido al castellano de la calle: Presidente, estudie primero y vuelva después.
Chile no necesita una Constitución que diga dos veces lo mismo para que el Gobierno consiga entenderlo una vez. No necesita inventar nuevas obligaciones ni convertir en reforma aquello que ya es mandato constitucional. Necesita autoridades que conozcan las facultades que tienen, asuman las responsabilidades que les corresponden y produzcan resultados.
Al final esta reforma que vuelve escribir lo mismo es un intento desesperado del Presidente por revertir las malas encuestas que pasaron, solo en 5 meses, de 60% de aprobación a un 60% de rechazo.
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