Miguel Ángel Aguilera se rehúsa a abandonar la alcaldía de San Ramón y busca anular la repetición parcial de las elecciones municipales de la comuna, que dio por ganador a su contrincante, el concejal demócrata cristiano Gustavo Toro.

El exmilitante del Partido Socialista -salió de la tienda cuando fue acusado de estar vinculado al narcotráfico– recurrió al Segundo Tribunal Electoral de la región Metropolitana para invalidar la votación en las 65 mesas de la comuna realizadas el pasado 11 de julio.

La reclamación se basa en la instalación de las mesas receptoras de sufragios, las cuales no estuvieron constituidas a las 10:00 de la mañana en los diversos locales de votación, logrando estar habilitadas recién pasadas las 13:00.

Asimismo, se acusó a Toro de “acarreo de votantes” mediante el arriendo de vehículos. Producto de lo anterior, se busca anular esa votación y que con ello, se cumpla con la normativa electoral.

Así lo señaló el abogado de Aguilera, Isaac Ramírez.

El alcalde electo de San Ramón, Gustavo Toro, arremetió contra Miguel Ángel Aguilera asegurando que el recurso presentado “está basado en mentiras”.

En tanto, el derrotado candidato del Frente Amplio, Miguel Bustamante, señaló que esta es otra maniobra para que el denominado “Aguilerismo” sobreviva pese haber sido derrotado.

El Segundo Tribunal Electoral de la región Metropolitana admitió a trámite la reclamación y ordenó que se envíe un oficio al Servicio Electoral para que “informe el horario de instalación de las 65 mesas de sufragios y remita las instrucciones impartidas por ese Servicio en relación con el proceso electoral del día domingo 11 de julio del 2021”.

Todo esto se da a días de la formalización de Aguilera, quien está acusado de delitos asociados a la corrupción.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)