La Corte de Apelaciones de San Miguel revocó hoy la prisión preventiva dictada por el Décimo Juzgado de Garantía de Santiago, en contra de seis carabineros imputados como autores de los delitos de tortura y abuso sexual agravado. Estos ilícitos habrían sido cometidos -presuntamente- el 21 de octubre en la 51° Comisaría de Carabineros de Pedro Aguirre Cerda.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada sostuvo en su resolución que los hechos imputados no están acreditados.

La resolución fue valorada por uno de los abogados de los uniformados, Rodrigo Lazo. El defensor, afirmó que este fallo hace que el caso avance para que en un futuro se dé la absolución de los imputados.

La abogada querellante del caso, María Elena Santibáñez, sostuvo que aún así, el Ministerio Público hizo una buena indagación y que el delito es grave, sobretodo porque los autores son funcionarios policiales.

El tribunal de alzada, modificó la medida cautelar de prisión preventiva: a cinco de los uniformados les decretó arresto domiciliario total, y a uno de los acusados firma mensual.

Recordemos que, según el relato del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), que presentó una querella por este caso, la víctima ingresó a un supermercado a entregar primeros auxilios a personas que se encontraban en su interior mientras se desarrollaban incidentes en el recinto. Sin embargo, Carabineros lo habría detenido de manera violenta, propinándole golpes de bastón, puños y patadas.

Producto de la golpiza, el joven perdió el conocimiento, por lo que fue trasladado hasta la comisaría. Luego de recuperar la conciencia, se le informó que fue detenido por el delito de robo en lugar no habitado, y fue golpeado por su orientación sexual. Incluso, se acusa que fue desnudado y abusado sexualmente en el contexto de tortura que estaba sufriendo.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)