La acción judicial se presenta previo a la audiencia de formalización de cargos que se desarrollará este martes en contra de los 25 detenidos.
Un recurso de amparo presentó la defensa de dos de los detenidos en el procedimiento por drogas y lavado de activos, realizado la semana pasada en el Bío Bío y Ñuble. La acción legal es ingresada previo al control de la detención y formalización en el Juzgado de Garantía de Concepción.
La libertad inmediata de dos de los 25 detenidos en el megaoperativo de la PDI y la Fiscalía el jueves pasado en Hualpén, Concepción y Chiguayante, además de comunas de Ñuble, está siendo solicitada a través del amparo ingresado en la Corte de Apelaciones.
La acción legal es en favor de Priscilla Faúndez de la Jara y Alfredo Salazar Paredes, actualmente en calidad de detenidos en el cuartel de Investigaciones en el sector Brisas del Sol de Talcahuano, esperando la audiencia de control de la detención y de formalización programada para este martes.
Afirman desconocer motivos de detención
De acuerdo al abogado defensor particular Carlos Gutiérrez Muñoz, ni él ni sus representados han sido informados sobre los motivos de la detención o los antecedentes de la causa que se sigue contra ellos, por lo que se denuncia la detención como ilegal y arbitraria.
Además el profesional denunció que sin tener la carpeta investigativa será imposible ejercer debidamente la defensa de sus clientes, algo descartado por otro de los defensores, el abogado Juan Claudio Sandoval, quien explicó que fue permitido a las defensas el acceso a la indagatoria.
El recurso de amparo es contra de la PDI y de acogerse a trámite la policía civil debería informar en 24 horas, aunque en ese plazo ya se habrá desarrollado la audiencia en el Juzgado de Garantía de Concepción, donde el Ministerio Público detallará los cargos y pedirá las cautelares con relación a delitos que se prevé irían desde el tráfico de drogas al lavado de activos.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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