La última sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción fue en favor de un joven de 17 años, Dean Jiménez Fritis, cuyos padres denunciaron que el Servicio de Salud estaba negando el tratamiento, argumentando la falta de diagnóstico y la falta de eficacia del único medicamento existente en el mercado.

A diferencia de los otros fallos dictados ya por la justicia penquista, en este recurso patrocinado por el Colegio de Abogados de Concepción los ministros acogieron el argumento del Servicio Médico Legal que sí confirma los efectos positivos del Spinraza, para el tratamiento de la atrofia muscular espinal, contradiciendo lo que señala el Ministerio de Salud.

El dirigente de la Orden, Ignacio Sapiaín, destacó en ese sentido los que concluyeron los ministros del Tribunal de Alzada.

“Con el informe del SML, debidamente valorado por la I. Corte de Apelaciones (…) resulta inaceptable que el Servicio de Salud cuestione su eficacia, para no dar la adecuada cobertura y condenar a nuestros niños a una muerte segura”, recalcó el jurista.

Por el caso de Dean Jiménez Fritis y los de otros cuatro menores, el Fonasa tendrá que destinar 2 mil 500 millones de pesos a los Servicios de Salud Concepción y Talcahuano para la compra del medicamento Spinraza, cifra que según el abogado Sapiaín debería ser entregada vía leyes especiales para enfermedades catastróficas o raras.

“Puede ser considerado un alto individual, este debe ser comparado con otras enfermedades catastróficas cuyos valores son cubiertos por el Estado en razón de la Ley Ricarte Soto”, apuntó.

Si bien hay resoluciones en apelación ante la Corte Suprema, el máximo tribunal del país ya ha dado una señal, al respaldar los resuelto en primera instancia y confirmando la obligación de los sistemas de salud para costear los tratamientos.