El tribunal de alzada ofició también a TVN y a Canal 13, para que se presenten y adjunten los antecedentes necesarios para determinar si es que se vulneró o no la garantía constitucional expresada en el recurso, donde se fundamenta que las letras de las canciones del cantante hacen apología a la narcocultura.

En un documento de once páginas ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, el municipio de Viña del Mar, en la región de Valparaíso, aseguró que los hechos son generados con base en “polémicas generadas por la prensa”; y que la presentación del cantante mexicano Peso Pluma “no presenta ser un peligro inminente o futuro” para la salud física o mental de la comunidad.

Según el Municipio, no se encuentran debidamente justificadas las acusaciones contra el artista respecto a su relación con el narcotráfico, ya que no se conoce ninguna sanción o condena, orden de búsqueda internacional u orden de aprehensión decretada por algún tribunal chileno o internacional, que dé cuenta cierta de los hechos que se imputan al artista.

Al respecto, los concejales de Viña del Mar, René Lues y Pablo González, manifestaron entender la preocupación de los vecinos ante la presentación del mexicano y apuntaron a próximas gestiones para evitar esta clase de procedimientos judiciales.

“Ella tiene herramientas políticas”

En tanto, el sociólogo Alberto Mayol, se refirió respecto a la respuesta emitida por el municipio, considerándola como grave, ya que el núcleo de la discusión son los requerimientos de la comunidad viñamarina.

Según la Municipalidad de Viña del Mar, al término de su respuesta, cualquier pretensión destinada a cancelar la participación de un artista en el contexto de las afirmaciones y acusaciones que se formulan el recurso resultan insuficientes; puesto que, no se advierte de qué forma real y cierta se consuma el peligro denunciado.

En tanto, en el ámbito contractual, se trata de una artista cuya presentación no fue objetada en la oportunidad legal establecida en las Bases Administrativas Generales, por lo que, no se consuma ilegalidad o arbitrariedad alguna en la decisión de mantener al artista en la parrilla para el cierre del evento la noche del 1 de marzo.