El Octavo Juzgado Civil de Santiago condenó al Servicio de Salud Metropolitana Oriente a pagar una indemnización total de $220 millones a los padres de niña de 5 años que murió debido la intervención quirúrgica negligente a la que fue sometida en un hospital de Isla de Pascua.

El Octavo Juzgado Civil de Santiago condenó al Servicio de Salud Metropolitana Oriente a pagar una millonaria indemnización a los padres de niña de 5 años que murió debido la intervención quirúrgica negligente en el Hospital Hanga Roa en 2016.

En la sentencia, la magistrada Sylvia Papa Belleti acogió la demanda de indemnización de perjuicios, tras establecer la falta de servicio en la atención brindada a la hija de los demandantes en el centro asistencial de la isla de Pascua.

“Que, en relación con el primero de los presupuestos señalados precedentemente, la demandada, señala que el estándar exigible al Hospital Hanga Roa, no debiese ser aquel aplicable a los Hospitales públicos del continente, por la lejanía y falta de personal, entre otras consideraciones”, plantea el fallo.

La resolución agrega que: “Al respecto (…) estaríamos aceptando en primer lugar que en nuestro país hay ciudadanos de primera y segunda categoría, quienes dependiendo del lugar donde se encuentran es lo que pueden esperar o recibir del Estado”.

Para el tribunal, según lo indicó el perito forense, “efectivamente no se realizó una correcta monitorización anestésica, lo que se tradujo en que no fue posible una precoz identificación del edema pulmonar (…) las acciones del equipo médico no fueron las adecuadas ni en tiempo ni en eficacia”.

“Asimismo–continúa–, señala que el fallecimiento de la niña (…) configura claramente lo que en Medicina Legal se denomina un daño desproporcionado en relación con su motivo de ingreso para cirugía ambulatoria por una herida facial y su resultado final, con un claro manejo de poca pericia por parte del anestesista a cargo y su equipo”.

“Que de lo anteriormente expuesto, se colige que establecida la falta a la Lex Artis, ello deviene en un actuar deficiente o negligente del Hospital Hanga Roa, lo que constituye una falta de servicio”, concluye.