Uno de los condenados por lanzar una bomba molotov durante una actividad en Osorno del excandidato presidencial y actual alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, mantendrá su prisión preventiva. Esto, luego de que la justicia desestimara la solicitud de su defensa, quien pidió un cambio de cautelar mientras esperan un fallo respecto a un recurso presentado ante la Suprema.

La justicia confirmó la prisión preventiva en contra de uno de los condenados por lanzar una bomba molotov al interior de una iglesia el año 2020 en la ciudad de Osorno, región de Los Lagos. En ella se desarrollaba una actividad donde participaba el ex candidato presidencial y alcalde de Recoleta, Daniel Jadue.

La Corte de Apelaciones de Valdivia tomó la decisión unánime en contra del condenado de iniciales R.A.G.R, tras rechazar la solicitud de su defensa, quien pidió cambiar la cautelar de su representado, mientras la Corte Suprema resuelve un recurso de nulidad presentado por el abogado del otro joven involucrado.

En concreto, el hombre fue sindicado como “coautor del delito consumado de arrojamiento de artefacto incendiario e incendio frustrado”, por hechos perpetrados en febrero de 2022. El veredicto fue otorgado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno.

Bomba molotov durante actividad de Jadue en Osorno

El fallo dio por acreditado que el 27 de febrero de 2020, dos individuos concurrieron hasta la sede de la Iglesia Evangélica Luterana, ubicada en el sector de Pampa Alegre, en el sector de Francke en Osorno.

El propósito de la acción, según determinó el tribunal, fue “provocar un incendio y en pleno conocimiento de que, en el lugar, se desarrollaba una reunión con un alto número de asistentes con el alcalde de la comuna de Recoleta, Daniel Jadue”.

Una vez en el lugar, uno de los condenados de iniciales R.J.I.V.C. “ingresó al templo evangélico portando una bomba incendiaria y, luego de interactuar con algunos asistentes que se encontraban en el salón donde se desarrollaba la reunión, se dirigió a una sala contigua”. Luego, “a través de una ventana, arrojó al salón principal el artefacto encendido, huyendo del lugar por el sector posterior del edificio, donde se subió al vehículo en el cual lo esperaba”.

8 años de presidio

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno condenó en julio del año pasado al apelante, con penas de 5 años y un día y 3 años y un día de presidio, por los delitos de incendio frustrado y arrojar artefacto incendiario, respectivamente.

Mientras que el otro joven, sindicado como autor, fue condenado a 6 y 4 años de presidio, como autor de los delitos. Dicha resolución fue recurrida y se encuentra pendiente ante la Corte Suprema.