En el Tribunal de Garantía de Puerto Varas se desarrolló la formalización de acusado por el homicidio del concejal de Llanquihue Richard Barría, quien fue hallado con múltiples heridas en su vivienda.

En la instancia se decretó la medida cautelar de prisión preventiva para el acusado por ser considerado un peligro para la sociedad.

Es preciso indicar que el joven de 18 se presentó en la policía confesando el crimen de la autoridad electa, donde además denunció haber sido víctima de hechos de connotación sexual.

En la instancia, los querellantes y la defensa presentaron los antecedentes del caso y relataron lo que habría ocurrido el fatídico día. Según se precisó, el imputado estuvo en la vivienda de la víctima consumiendo bebidas alcohólicas. Allí se habría generado una discusión que derivó en el asesinato.

El fiscal Fabián Fernández precisó que el imputado atacó con un cuchillo a la víctima, por eso, a juicio del Ministerio Público, el delito corresponde a un homicidio simple.

Por su parte, el querellante Sebastián Yuraszeck argumentó que se está frente a un homicidio calificado y que se actuó de manera alevosa.

De acuerdo a la expuesto por la defensa del joven, esto se habría generado por un presunto ataque de carácter sexual.

Respecto a dicha denuncia, se precisó que debe ser investigado.

La Fiscalía solicitó se decrete la medida cautelar de prisión preventiva para el hombre, lo que fue refutado por su defensa. El abogado Sergio Díaz destacó que su representado contribuyó a la investigación al comparecer ante el 0S9 y entregar antecedentes a la investigación.

Requerimiento de la Fiscalía que finalmente fue acogido por la jueza, quien indicó que su libertad representa un peligro para la sociedad.

Además, se fijaron 120 días de plazo para la investigación.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)