La nota de protesta entregada por nuestra Cancillería, a las recientes declaraciones del jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina, brigadier general Gustavo Valverde, aludiendo a la soberanía de Buenos Aires, “sobre Magallanes, el Sur y el Paso Drake”, fue totalmente insuficiente, aunque ahora se intente dar por zanjado el tema.
Primero debemos reconocer que, más que la gestión diplomática, fue una decisión política del ministro de Defensa argentino Carlos Alberto Presti, y por lo tanto de la administración Milei, que tomando la iniciativa intentó desactivar la crisis provocada por las declaraciones de Valverde en un podcast y se comunicó con su par chileno, Fernando Barros.
En la conversación, Presti enfatizó que el brigadier general Valverde conoce perfectamente el marco legal que rige a ambas naciones.
En ese sentido, el ministro reafirmó de manera tajante el estricto apego de la República Argentina a los límites territoriales vigentes, consagrados en el Tratado de Límites de 1881 y el Tratado de Paz y Amistad de 1984, los cuales otorgan soberanía exclusiva e indiscutible a Chile sobre el Estrecho de Magallanes.
El problema es que el Derecho Internacional es consuetudinario, y si bien comparte un protagonismo masivo con el derecho convencional (los tratados escritos), lo cierto es que se puede construir un caso si apreciamos una conducta, constante, uniforme y generalizada por parte de los Estados a lo largo del tiempo, y se van creando precedentes que pueden generar una controversia que pueda llegar a la Corte Internacional de Justicia, cómo ha sucedido en los tratados de pesca con Perú y la obligación de negociar una salida al mar de Bolivia.
Para que una práctica se convierta en norma consuetudinaria internacional, la Corte Internacional de Justicia determina que debe reunir obligatoriamente una conducta constante, uniforme y generalizada por parte de los Estados a lo largo del tiempo.
Esta desafortunada y errónea aseveración del brigadier Valverde, no es la primera que han tenido autoridades políticas y de las Fuerzas Armadas argentinas. Cabe recordar las declaraciones de abril de este año del jefe del Servicio Hidrográfico Naval argentino, contralmirante Hernán Montero, quien declaró que “la boca oriental del Estrecho de Magallanes le pertenece a la Argentina”.
Sin embargo, nos hemos olvidado de algo más grave aún: que Argentina incluyó el Decreto N°457/2021 en su Directiva de Política de Defensa Nacional, durante la administración de Alberto Fernández, en donde se indica que “uno de los espacios compartidos que resulta fundamental continuar fortaleciendo es el de la exploración, estudio y control conjunto sobre el Estrecho de Magallanes y el Mar de Hoces” (Mar de Drake).
El Decreto 457/2021, promulgado por el entonces presidente argentino Alberto Fernández el 14 de julio de 2021, aprobó la Directiva de Política de Defensa Nacional (DPDN) de Argentina.
El fundamento formal de este decreto no fue establecer una “soberanía compartida” formal —lo cual violaría los tratados internacionales vigentes—, sino que introdujo conceptualmente la necesidad de un “control conjunto” y exploración compartida basándose en una interpretación geopolítica de la proyección estratégica de Argentina en el extremo austral.
Pese a los reclamos realizados el año 2021 por nuestra Cancillería cuando se publicó dicho decreto, la respuesta de Buenos Aires, a pesar del compromiso, fue ambigua e incoherente.
Es que hasta la fecha el párrafo en cuestión no ha sido borrado de la Directiva señalada, lo cual -de no ser corregido- podría generar en el futuro un nuevo foco de desacuerdos e impasses.
El gobierno de Javier Milei prometió en marzo de 2025 derogar el Decreto 457/2021, pero a la fecha (agosto de 2026) la medida sigue formalmente vigente.
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